martes, 31 de agosto de 2010

Una agencia andaluza para arbitrar los daños - DiarioMedico.com

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ESPAÑA
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
Una agencia andaluza para arbitrar los daños
El Consejo Andaluz de Colegios de Médicos espera que a finales de año esté operativa la Agencia de Arbitraje Sanitario de Andalucía como sistema para la resolución extrajudicial de las reclamaciones por daños médicos. El consejo apuesta por la composición multidisciplinar de este órgano de decisión y por la utilización del consentimiento informado como medio por el que paciente y facultativo se comprometen a someterse a esta vía en caso de que discrepen sobre la praxis médica empleada.


Marta Esteban - Miércoles, 1 de Septiembre de 2010 - Actualizado a las 00:00h.


Cuando se habla de responsabilidad sanitaria inevitablemente se piensa en procesos judiciales, en la temida pena de banquillo que todo juicio conlleva para el profesional y la conjunción de términos como lex artis, praxis médica, consentimiento informado e indemnización por daño médico.

Salvo en las reclamaciones que se interponen por la vía penal, que en muy pocas ocasiones llegan a tramitarse dada la especialidad de esta jurisdicción y las dificultades para probar dolo o culpa en la actuación sanitaria, el resto de demandas podrían solucionarse por una vía extrajudicial que beneficiaría a la profesión, a la sociedad y al propio sistema judicial. El arbitraje como alternativa a la vía judicial se está convirtiendo en una opción cada vez más planteable por la profesión sanitaria.

En la agencia se da cabida a representantes de otros sectores, así como usuarios y pacientes
Así ocurre en el caso de Andalucía, donde el Consejo Andaluz de Colegios de Médicos espera poner en marcha a finales de año la Agencia de Arbitraje Sanitario de Andalucía como "cauce seguro de canalización y resolución de los conflictos que puedan surgir en el ejercicio de la práctica sanitaria", declara Juan José Sánchez Luque, presidente del consejo. La novedad del sistema propuesto en Andalucía es utilizar como vía de canalización el documento de consentimiento informado.

La Ley Ómnibus apuesta claramente por un sistema alternativo de resolución de conflictos
Rafael Belmonte, abogado y secretario técnico de la organización andaluza, sostiene que el actual sistema de responsabilidad sanitaria plantea problemas como la "inseguridad derivada de las constantes demoras de los procesos", a lo que se uniría la "ausencia de un baremo de daños aplicable por unos jueces cada vez más saturados de trabajo y que están obligados a conocer una técnica sanitaria cada vez más compleja en la que necesariamente tienen que ponerse en manos de un perito designado al efecto". A esto se une la desventaja que para la profesión supone el sistema judicial, ya que "la reputación del profesional está cuestionada desde el primer minuto, pues la llamada pena de banquillo constituye una sanción a la que muy pocos pueden sustraerse en su actividad diaria".

Todo ventajas
La opción del arbitraje tiene claras ventajas, como la agilidad del proceso, ya que "en seis meses como máximo está resuelto el conflicto" frente a los varios años que tarda en concluir un proceso judicial hasta que se dicta sentencia firme. Otro elemento a favor de esta vía es la "especialización de los árbitros que examinan la cuestión, la confidencialidad con la que se trata la casuística, así como la ventaja de obtener un laudo arbitral que tiene los mismos efectos que una sentencia firme", aclara Belmonte.

Andalucía pretende dotarse de una agencia arbitral aun sabiendo que los antecedentes extrajudiciales que ya existen en otras autonomías no han logrado la respuesta esperada. Sánchez Luque achaca este resultado a la "falta de cultura en nuestra sociedad en materia de arbitraje". El presidente del consejo aclara que la implantación de estos sistemas "siempre exigen un periodo de comunicación e implantación, por lo que no me atrevería a considerar que los sistemas han fracasado sino que tienen un camino por delante para desarrollar".

La vía extrajudicial cuenta también con el beneplácito legal. Belmonte recuerda que la Ley Ómnibus "apuesta claramente por un sistema alternativo de resolución de conflictos y por la potenciación de la labor mediadora". Además, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige de forma obligatoria "que se informe de las ventajas del sistema arbitral con independencia del desarrollo judicial, por lo que se puede decir que el futuro ya está señalando el camino".

Por la vía del CI
La iniciativa propuesta por la organización colegial de Andalucía se diferencia de los modelos existentes en que pretende utilizar el consentimiento informado como medio para propiciar la utilización del arbitraje. Con el consentimiento informado "médico y paciente aceptan que sus divergencias puedan ser tratadas y resueltas por la agencia, por lo que el arbitraje se convertiría en el medio preferente de resolución del conflicto", afirma Belmonte.

El uso de este documento supone "un ejercicio de responsabilidad mutuo del médico y el paciente, que admiten como prioritario el arbitraje para dirimir sus diferencias. Las partes apuestan por un escenario de eficiencia y agilidad".

Una parte importante de este proyecto es la composición de la agencia, en la que "se da cabida a representantes de otros sectores profesionales, así como a consumidores, pacientes y usuarios de la sanidad, todo ello con independencia de que los árbitros que analicen y decidan sean expertos juristas y sanitarios en el asunto en cuestión", afirma Sánchez Luque. La aplicación del sistema arbitral en la sanidad privada está supeditada a la voluntad de las partes, pero en el caso de la sanidad pública, el consejo espera obtener "el respaldo de la Administración cuando conozcan las ventajas de la utilización de este instrumento".

El éxito de la implantación de la agencia pasa necesariamente por la superación del escollo del corporativismo, que siempre ha sobrevolado la aplicación del arbitraje sanitario. Belmonte afirma que ese obstáculo se supera con "la trasparencia que supone la inclusión de representantes de los distintos sectores y con la profesionalidad de los miembros de la agencia".

VIZCAYA
El Colegio de Médicos de Vizcaya cuenta con un sistema de arbitraje desde 1997. La entidad colegial dispone de un sistema por defecto, pero las partes pueden acordar el que más les convenga. En la implantación de esta vía extrajudicial, el Colegio de Vizcaya ha encontrado el respaldo del médico, pero no tanto el de la Administración, que se muestra reacia a someterse al arbitraje para dirimir la responsabilidad.

MADRID
Una de las funciones que la normativa atribuyó a la Oficina del Defensor del Paciente de la Comunidad de Madrid fue la de "intermediar en los conflictos que planteen los ciudadanos como usuarios del sistema sanitario". Las ventajas del uso de la resolución extrajudicial, tales como la celeridad y la discreción, se topa con la poco implicación de la Administración pública, que se ha acostumbrado a resolver los conflictos en sede judicial.

ORENSE
El Colegio de Médicos de Orense creó hace nueve años el Servicio de Mediación y Arbitraje para dar una solución rápida a los conflictos frente a la demora y retraso de la vía judicial. En el caso del colegio gallego la falta de colaboración de médicos y pacientes constituye un lastre para el éxito del sistema. La iniciativa de la Administración es en este caso nula. Desde la corporación colegial se destaca también el desconocimiento por parte de la sociedad.
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