martes, 9 de noviembre de 2010

El TSJ anula la norma que fija guías de farmacia obligatorias - DiarioMedico.com

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ESPAÑA
FARMAINDUSTRIA GANA EL RECURSO
El TSJ anula la norma que fija guías de farmacia obligatorias
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a la patronal Farmaindustria en un recurso contra la orden madrileña que creó el Consejo Asesor de Farmacia y le dio competencias para establecer guías farmacoterapéuticas únicas y de obligado cumplimiento.


Laura G. Ibañes - Martes, 9 de Noviembre de 2010 - Actualizado a las 00:00h.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia que anula la orden madrileña por la que se creó el Consejo Asesor de Farmacia de la comunidad autónoma, que, entre otras funciones, tenía encomendada la labor de establecer guías farmacoterapéuticas únicas para los hospitales y centros de salud.

La sentencia parte de un recurso presentado por la patronal Farmaindustria que alegó que las funciones decretadas para el nuevo consejo asesor, cuyos miembros eran elegidos por organismos dependientes de la consejería de Sanidad, trascendían con creces las labores administrativas que pueden regularse por orden y, sin embargo, incluían funciones que implicaban un cambio legal y fuertes repercusiones sobre los médicos, los pacientes y la industria.

Aun cuando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a Farmaindustria por cuestiones de forma, la sentencia profundiza en sus argumentos en la trascendencia de las guías farmacoterapéuticas para concluir que éstas no tenían en Madrid un mero carácter orientativo, sino que se dictaban por parte del Consejo Asesor con carácter obligatorio para todos los centros.

La sentencia llega en un momento especialmente polémico en materia farmacéutica, por el catálogo gallego de medicamentos que excluirá las marcas más caras de la financiación pública, la idea andaluza de sacar a concurso público los medicamentos para obligar a dispensar sólo el más barato (ver DM del 9-XI-2010) o las iniciativas cántabras, vascas y castellanomanchegas para limitar la prescripción de marcas.

La sentencia explica que "la orden habilita e instruye al Consejo Asesor para establecer medidas dirigidas a excluir de la prescripción y utilización de determinados medicamentos de forma que, en la práctica, los medicamentos que el consejo asesor no incluya en las guías o protocolos terapéuticos no podrán ser prescritos o utilizados en el ámbito del sistema madrileño de salud, con lo que resulta que las guías no incluirán todos los medicamentos. Con ello, el TSJ argumenta que "se imponen condiciones adicionales a la financiación de determinados medicamentos", persiguiendo "como finalidad la reducción del gasto farmacéutico", que la propia Consejería de Sanidad estima en 80 millones.

El TSJ concluye que "es claro que las guías no cumplen una función meramente orientativa proporcionando parámetros u orientaciones que puedan guiar al facultativo para su mejor uso, pues, si así fuera, se valorarían todas las alternativas terapéuticas disponibles y no sólo las seleccionadas por el consejo asesor".Debe entenderse que "se trata de imponer las guías como instrumento de obligada aplicación", más aún cuando éstas se trasladan a los sistemas de prescripción. Así, "las guías se configuran en la orden como un instrumento para restringir la prescripción" y estas atribuciones no se pueden regular con una orden.

Plan de ahorro en recetas

El plan madrileño para controlar el gasto farmacéutico y reducirlo en 80 millones de euros (ver DM del 10-XI-2009) incluyó una orden para la creación de un consejo asesor que elaboraría guías farmacoterapéuticas únicas y obligatorias, a imagen de lo establecido ya en Andalucía y en Aragón.

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