sábado, 6 de noviembre de 2010

Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública :: El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad ::

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La FADSP protesta ante que médicos inspectores ajenos al SNS tengan acceso a la historia clínica de los ciudadanos

Redacción

La Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública, denuncia ante la agencia española de protección de datos los convenios del Ministerio de Trabajo con las Comunidades Autónomas de Madrid, Murcia y Cataluña, que pondrán información confidencial en manos de inspectores ajenos al Sistema Nacional de Salud



Madrid (6/8-11-10)-. La Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública ha puesto en aviso a la Agencia de Protección de Datos, de lo que cree que puede ser “una vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos” y que por lo tanto una irregularidad en la legalidad vigente. Esta alarma se debe a los nuevos convenios entre el Ministerio de Trabajo y las Comunidades Autónomas de Madrid, Murcia y Cataluña por los que se “se acuerda ejecutar para el año 2010 un programa específico que desarrolla determinadas estrategias de gestión para mejorar la prestación de incapacidad temporal y estudia el comportamiento de los procesos de corta duración”. En todas ellos, en la Cláusula 2ª de los citados convenios, se señala que las distintas Comunidades Autónomas, a través de sus Consejerías de Sanidad, o Departamentos de Salud en su caso, y de sus Servicios Públicos de Salud se comprometen a “realizar las actividades encaminadas a capacitar a los Inspectores Médicos del INSS para el acceso informatizado a las historias clínicas desde su puesto de trabajo.”

La FADSP considera que se trata de una medida desproporcionada que supone la posibilidad de que médicos inspectores ajenos al Sistema Nacional de Salud tengan acceso de manera global a la historia clínica de los ciudadanos, de estas Comunidades autónomas, para el control de una prestación económica por enfermedad. Por todo ello, ha solicitado a la Agencia de Protección de Datos que se dicte un acuerdo de inicio de procedimiento sancionador o de infracción de las Administraciones Públicas o se incien actuaciones con objeto de determinar si concurren circunstancias que justifiquen tal iniciación.

Influencia en la prestación por Incapacidad Temporal
La FADSP incide en que cree que la Agencia Española de Protección de Datos debería de intervenir para garantizar que datos de especial protección y confidencialidad, como son los contenidos en las historias clínicas, no pueden ser utilizados sin la autorización expresa de quienes los facilitaron ni accedan a ellos personas o entidades no relacionadas directamente con su atención clínica y sanitaria y debidamente identificadas y autorizadas. Además es un tema éste que amenaza con romper con la necesaria confianza que debe de existir en toda relación entre los profesionales de la salud y los ciudadanos y vulnera los derechos de ambos

Por otro lado, desde la FADSP también se aboga por pensar que este hecho puede tratarse de un paso mas en la penalización de la prestación por Incapacidad Temporal (IT), precisamente en un momento en que esta demostrado que muchos trabajadores no utilizan la misma, a pesar de necesitarla, por miedo a poner en peligro su empleo y les expone a una situación de abuso e indefensión.
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