martes, 11 de enero de 2011

La demora en los pagos no baja de 200 días desde hace 18 años - DiarioMedico.com

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ESPAÑA
LA REFORMA DE LA LEY DE MOROSIDAD, SIN ÉXITO
La demora en los pagos no baja de 200 días desde hace 18 años
La ley de morosidad no surte efecto seis meses después de su entrada en vigor y complica aún más la situación. Desde 1992 la demora de las administraciones en los pagos a proveedores no baja de 200 días y en septiembre alcanzó los 299, pese a que la norma establece 55.


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Loreto Mármol - Martes, 11 de Enero de 2011 - Actualizado a las 00:00h.


A falta de los últimos datos de cierre del año, los plazos medios de pago de las administraciones públicas a los proveedores van aumentando poco a poco.

Según Gloria Rodríguez, responsable de las relaciones entre la patronal de empresas de productos y tecnología sanitaria Fenin y las autonomías, "en 2010 se ha ido incrementando lentamente: en diciembre de 2009 se situó en 269 días y en septiembre de 2010 se alcanzó una demora de 299 días y un volumen de deuda de 3.450 millones de euros". Todo ello pese a la reforma de la ley de morosidad, que "aún no surte efecto", seis meses después de su entrada en vigor.

Aunque la norma fija el plazo máximo de demora en 55 días -que a partir de enero de 2013 tendrá que reducirse a 30 días-, "la realidad es que desde que tenemos los datos, en 1992, nunca se ha bajado de los 200 días, tan sólo en diciembre de 2001 se registraron 198".

Una de las carencias de la norma es que no establece sanciones por incumplimiento.

Fenin aboga por establecer penalizaciones, ya que si "la ley no se cumple los acreedores tienen derecho a reclamar intereses, pero otra cosa es que la Administración los pague".

Y lo que es peor: "La ley les va a complicar la vida a las empresas en su relación con las administraciones". En concreto, el proceso de reclamación de intereses: "Por ejemplo, la norma establece que a partir de este mes el plazo de pago es de 50 días para los contratos posteriores a la publicación de la ley -a principios de julio-, pero en una compra directa no hay contrato".

La ley también supone un cambio en las relaciones entre empresas privadas. Hasta ahora tenían libertad para pactar y establecer tiempos máximos de pago, pero una novedad que se introduce a partir de este mes es que no se podrán superar los 85 días. "Es una ventaja, pero también un arma de doble filo; las empresas se encuentran entre la espada y la pared, porque como proveedores se les exige un plazo de 85 días, pero su cliente -la administración- no cumple".

Además, la ley obliga a las administraciones a realizar informes trimestrales sobre el cumplimiento de los plazos y el volumen de deuda, pero "no tenemos constancia de que las administraciones lo hayan presentado ya".

Mientras, Fenin está estudiando la posibilidad de entrar en la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, una agrupación nacional que abarca a una treintena de asociaciones sectoriales, en representación de más de 1,5 millones de empresas que emplean a más de cuatro millones de personas y que suponen un volumen de negocio superior a los 150.000 millones de euros, un 15 por ciento del PIB español.

Contra los impagos
Otra solución que Fenin está negociando es pactar fórmulas de emergencia comunidad por comunidad para hacer frente a los pagos. Por el momento, la patronal está a punto de concluir acuerdos con Asturias y Castilla y León, que se encuentran en un proceso avanzado de confirming, una medida que permite conocer fechas de pagos, aumentar la regularidad y en caso de demora pedir adelantos a entidades bancarias que han acordado con la comunidad autónoma condiciones ventajosas.

Ya funciona en Cataluña, la Comunidad Valenciana, Extremadura, Murcia y puntualmente en Andalucía, que lo aplica en algunos procesos de cuentas corrientes aunque no para la deuda antigua, y en Aragón está en proyecto.
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