jueves, 17 de marzo de 2011

Consejo General de Médicos (OMC) :: El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad ::

La OMC aclara que “quien pierde” en la sentencia del TC sobre competencias en la acreditación de la formación “es el Estado, no el Consejo General de Colegios de Médicos”

Redacción

La organización colegial explica que a partir de ahora deberá “actuar en el ámbito público a través de los acuerdos que alcance con las comunidades autónomas”, que tienen en el Consejo “el interlocutor profesional adecuado”




Madrid (18-3-11).- El Consejo General de Médicos (OMC) ha valorado, a través de una nota pública, la reciente sentencia del Tribunal Constitucional por la cual declara inconstitucionales varios puntos de la LOPS y se determina que las competencias en materia de acreditación de la formación continuada son de las comunidades autónomas y no del Estado central (ver la edición de ayer de EL MÉDICO INTERACTIVO). Y, al respecto, ha aclarado que a través de la misma el TC “ha decidido quién tiene la titularidad de la competencia para acreditar la formación”.

“Según esto, quien pierde las competencias es el Estado, no el Consejo General de Colegios de Médicos, que podrá a partir de ahora actuar en el ámbito público a través de los acuerdos que alcance con las diferentes Comunidades Autónomas, que son las que tienen ahora dichas competencias”, explica la nota.

Según continúa la OMC en su nota, “por consiguiente, esta sentencia no afecta a la potestad del Consejo General de Colegios de Médicos para la evaluación de la competencia profesional, la validación periódica de la colegiación, el registro de profesionales, la formación, etc. así como a la acreditación de la formación en el ámbito privado, mientras que la acreditación en el ámbito público, será a partir de ahora competencia de las CCAA, las cuales tienen en el Consejo General de Colegios de Médicos el interlocutor profesional adecuado para la realización de la misma”.

El Consejo sí ha lamentado “que hayan tenido que transcurrir nueve años desde que se inició este conflicto de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, hasta llegar a la sentencia actual”. Algo que, añade, sigue un paralelismo con otra situación: seis años después “sigue sin resolverse la cuestión de inconstitucionalidad de las leyes autonómicas sobre colegiación voluntaria frente a la legislación de colegiación obligatoria del Estado”.

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