lunes, 7 de marzo de 2011

racionalizar el gasto farmacéutico :: El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad ::

La OMC señala que las medidas emprendidas por algunas CC.AA. para racionalizar el gasto farmacéutico “no deterioran la calidad asistencial sino que el ahorro que suponen debería permitir atender otras necesidades asistenciales”

Redacción

La Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial ha elaborado un informe [http://www.elmedicointeractivo.com/docs/documentos/7311omc%2010.pdf] sobre “La libertad de prescripción del médico” que ha presentado a la Asamblea General



Madrid (8-3-11).- Las medidas tendentes a racionalizar el gasto farmacéutico emprendidas por algunas comunidades autónomas “no deterioran la calidad asistencial sino que el ahorro económico que suponen debería permitir atender otras necesidades asistenciales”. Así lo asegura la Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial (OMC) que ha presentado a la Asamblea General un informe sobre “La libertad de prescripción del médico”.

Las conclusiones de este informe señalan que “no hay nada que objetar desde el punto de vista deontológico a las medidas de selección de medicamentos que puedan realizar las distintas administraciones sanitarias entendiendo que los medicamentos que se puedan intercambiar o sustituir tienen similar eficacia, seguridad y calidad entre sí. De hecho esto ya se viene haciendo desde hace años en los hospitales públicos mediante políticas locales de compras en farmacia y/o protocolos de intercambio terapéutico”.

En estos momentos, según versa el informe, es necesario juzgar y analizar la prescripción médica con mucha prudencia y un grado importante de corresponsabilidad dado que nos movemos en una realidad de preocupante incertidumbre por la sostenibilidad del sistema sanitario público.

Este tipo de iniciativas, según la Comisión Deontológica de la OMC, “no deterioran la calidad de la asistencia muy al contrario pueden generar, mediante la optimización del gasto farmacéutico, un ahorro económico que debería permitir atender otras necesidades asistenciales. Tampoco suponen, en base a los criterios deontológicos expuestos, una vulneración de la libertad de prescripción del médico y mucho menos un riesgo para la seguridad de los pacientes. Más bien parecen actos de responsabilidad administrativa muy necesarios que no merecen ningún reproche ético”.

Por último, señalan que “no es función de esta Comisión Central de Deontología valorar la competencia o no de una Administración Autonómica para legislar y llevar a cabo las medidas mencionadas, sino la valoración de los aspectos deontológicos de las mismas. En consecuencia este posicionamiento deontológico no debe interpretarse por ningún interés de parte en cualquier conflicto competencial”.


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