viernes, 4 de marzo de 2011

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia rechaza la suspensión cautelar del catálogo gallego de fármacos - DiarioMedico.com

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ESPAÑA
LOS MAGISTRADOS DICEN QUE NO SE HA PROBADO EL DAÑO IRREPARABLE PARA EL PACIENTE
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia rechaza la suspensión cautelar del catálogo gallego de fármacos
La primera batalla de la guerra que se libra en los tribunales por la aplicación en Galicia desde primeros de año del catálogo priorizado de medicamentos se ha saldado con una victoria para la Xunta de Galicia.


María R. Lagoa. Vigo - Viernes, 4 de Marzo de 2011 - Actualizado a las 00:00h.


El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha rechazado la suspensión cautelar del catálogo solicitada por la Federación de Farmacias de Galicia en el recurso que presentó contra el catálogo.Los magistrados gallegos aclaran en su resolución que cuestión diferente es que el recurso interpuesto por el Gobierno central ante el Tribunal Constitucional (que al cierre de esta edición todavía no había sido admitido a trámite) vaya acompañado en su caso de la suspensión automática del catálogo.

En el auto que ha dictado, el TSJ de Galicia advierte de que no es momento "de prejuzgar el fondo del asunto", ya que las medidas cautelares tienen por fin que no resulten irreparables las consecuencias derivadas de la duración del proceso judicial.

En sus fundamentos jurídicos, el TSJG recuerda a la federeción de farmacias que le corresponde a ella probar la necesidad de la suspensión cautelar y le recrimina que se limite a insistir en cuestiones jurídicas y a verter argumentaciones sobre la falta de igualdad en la eficacia terapéutica de los medicamentos genéricos con los que no lo son, aunque compartan principio activo, y que no acompañe estas aseveraciones de prueba documental o informe alguno: "Se trata de afirmaciones vehementes, pero sin soporte probatorio". Por otra parte, el auto del TSJ de Galicia afirma que "ni en la peor de las hipótesis manejadas por el recurrente [la federación gallega de farmacias], provocaría perjuicio general a los pacientes".

Nada impediría, además, que una hipotética sentencia estimatoria significase la obligación de restablecer la oferta en los términos previstos en el decreto estatal. En cambio, la posposición de la vigencia del catálogo "resultaría alarmante para la Administración, ya que comportaría la privación del ahorro para las arcas públicas y, por en ende, la ausencia de su reinversión o reutilización en el ámbito de la salud".
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