domingo, 6 de marzo de 2011

Embriones abandonados - lanacion.com  

Editorial II
Embriones abandonados
Falta un claro marco legal que contemple la suerte de miles de embriones congelados, pues son seres humanos

Domingo 06 de marzo de 2011 | Publicado en edición impresa.


Desde el primer nacimiento fruto de la llamada fecundación "in vitro", acontecido en 1978 con la llegada de Louise Brown, el maravilloso milagro de la ciencia plantea en este terreno serias y conflictivas preguntas. Por un lado, sofisticados métodos brindan solución a graves problemas de infertilidad que afectan al 15 por ciento de la población en nuestro país. Pero, por el otro, aumentan el número de embriones congelados -resultado de la fecundación del óvulo por el espermatozoide-, seres humanos con un ADN completo, un código genético único e irrepetible.

Resulta difícil sostener que los embriones alojados en un vientre son seres humanos vivos mientras que los que están fuera no lo son. La justicia argentina establece que son personas humanas y que en tal sentido no pueden ser ni destruidos ni utilizados para experimentación. Por ello, preocupa la situación de más de 15.000 embriones fruto de estos procedimientos de reproducción asistida que son criopreservados a 196 grados bajo cero hasta su eventual implantación en un útero. Más de 18 centros acreditados de Buenos Aires, Rosario y Córdoba trabajan con la donación de esperma, de óvulos y de embriones. Las nuevas técnicas de vitrificación permiten múltiples intentos de implantación y mínimos riesgos de embarazos múltiples.

Muchos especialistas afirman que todos los embriones son implantados, en su afán por brindar una solución ética al problema. Se sabe que no es así y por ello el número de embriones "sobrantes" aumenta como resultado de diversas situaciones: padres que se divorcian, fallecen o abandonan el proyecto de paternidad, mujeres que ya no desean más hijos o envejecieron, entre otras causas. A esto se suma otro problema, como el que plantea la discutible disposición contractual de los padres si establecieran que la implantación debería realizarse 10 años después de la muerte del último de los progenitores en un vientre alquilado. Menuda complicación sucesoria. Y hay países cuya legislación establece que la paternidad no se determina por el origen genético sino por el parto. El derecho a la identidad entra también en juego.

El problema no se puede eludir. Es tan fuerte el instinto del hombre y la mujer por prolongarse en su propia prole, del modo que la ciencia lo permita, que toda prohibición sería incumplida. El tema es regular la cuestión, evitar el abandono de los embriones a su helada suerte por generaciones, y limitar el riesgo de que circulen hermanos, sobrinos y nietos, sin saber que lo son, por ejemplo, por haberse donado los embriones a un tercero. Una muchacha podrá enamorarse y no saber que el sujeto de sus desvelos es su hermano hasta que un ADN así lo revele.

La falta de un claro marco legal responde a distintos intereses. Están quienes prefieren que no se reglamente nada y quienes quieren prohibir todo. Es, pues, necesario que se actúe con responsabilidad y seriedad en los ámbitos en los que estos temas se tratan, aguzando la mirada ética, religiosa y social de un abordaje que debe estar lejos de todo sensacionalismo o demagogia
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