martes, 15 de marzo de 2011

Tribuna: Receta electrónica y protección de datos - DiarioMedico.com

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ESPAÑA
LAS INSTITUCIONES DEBERÁN ADAPTARSE A LA LOPD
Tribuna: Receta electrónica y protección de datos
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1.718/2010 el pasado 21 de enero los agentes que intervienen en la prescripción y dispensación de la receta médica deben tener instaladas medidas de seguridad de nivel alto.



Érika Rodríguez, Abogada de BDO Abogados - Martes, 15 de Marzo de 2011 - Actualizado a las 00:00h.


El Real Decreto 1.718/2010, sobre receta médica y órdenes de dispensación, entró en vigor el pasado 21 de enero para establecer un nuevo marco jurídico que regule la utilización de las nuevas tecnologías en la prescripción de medicamentos y productos sanitarios. De acuerdo con lo que establece el real decreto, las recetas médicas podrán emitirse no sólo en papel, sino vía electrónica a través de un sistema gestionado por las administraciones sanitarias públicas. Se establece un plazo de 24 meses de coexistencia con el sistema actual y, una vez finalizado, sólo tendrán validez las recetas que se adapten a lo dispuesto en esta norma.

¿Cómo funciona el proceso de prescripción y dispensación de la receta médica electrónica? El prescriptor, que podrá ser un médico, odontólogo o podólogo, accederá a través de un equipo integrado en el sistema de receta electrónica en el que se controlarán los accesos mediante procesos de identificación y autenticación. Introducirá el código personal de la tarjeta sanitaria del paciente, en el caso de recetas médicas públicas y el DNI, DNI electrónico o DNI de padres o tutores, en el caso de recetas médicas privadas. Posteriormente deberá consignar en la receta electrónica y en una hoja de información complementaria sus datos personales y los del paciente, así como los datos del medicamento e instrucciones. Firmará electrónicamente la prescripción y entregará al paciente la información con los detalles del tratamiento.

La normativa destaca la importancia de establecer mecanismos para garantizar tanto la seguridad e integridad de los datos personales de los pacientes como la confidencialidad de la asistencia

En cuanto a la dispensación, se realizará a través de las oficinas de farmacia conectadas al sistema de receta médica electrónica, requiriéndose al efecto que los titulares de las oficinas ostenten un certificado electrónico. Los accesos al sistema por parte del farmacéutico estarán también controlados y sólo podrán efectuarse con la tarjeta sanitaria del paciente. El paciente podrá solicitar en el momento de la prescripción la confidencialidad del tratamiento, por lo que, en ese caso, la dispensación podrá hacerse a través de receta en soporte papel. Adicionalmente, el farmacéutico está facultado para bloquear la dispensación cuando aprecie errores en la prescripción o por cualquier riesgo grave que pudiera afectar a la salud del paciente, debiendo comunicar al prescriptor tal situación.

El sistema de prescripción y dispensación de recetas médicas, ya sean en soporte papel o en el formato electrónico, exige un deber de diligencia en la custodia de la información, lo que básicamente se traduce en el cumplimiento de la normativa de protección de datos. Aun- que no es necesario el consentimiento de los pacientes para el tratamiento de sus datos personales, puesto que el sistema de recetas médicas supone facilitar la eficacia en la asistencia médica y farmacéutica, la obligación de informar sobre el uso y destino de los datos recabados no queda excluida. Por ello, el real decreto establece criterios uniformes de contenido para las recetas médicas y órdenes de dispensación, incluyendo en ellos el aviso legal que exige el artículo 5 de la LOPD. Asimismo, la normativa destaca la importancia de establecer mecanismos para garantizar tanto la seguridad e integridad de los datos personales de los pacientes como la confidencialidad de la asistencia médica y farmacéutica.

Las instituciones sanitarias, los médicos y las oficinas de farmacias deben tener implementadas las medidas de seguridad de nivel alto que dispone el reglamento de la LOPD

Medidas de seguridad


Por lo tanto, que todos los agentes que intervienen en la prescripción y dispensación de la receta médica se encuentren adaptados a la normativa de protección de datos significa que tanto instituciones sanitarias como médicos y oficinas de farmacia tengan implementadas las medidas de seguridad de nivel alto que dispone el reglamento de desarrollo de la LOPD. Por ejemplo, para prevenir los accesos no autorizados al sistema de receta médica electrónica, para la custodia de impresos de recetas médicas y para el tratamiento de cualquier otra documentación que contenga datos sensibles del paciente y que sea empleada en el proceso de prescripción de recetas médicas y órdenes de dispensación hospitalaria. En el tratamiento de datos especialmente protegidos como son los de salud, la Agencia Española de Protección de Datos es particularmente restrictiva y sanciona los incumplimientos a la normativa con importes de hasta 600.000 euros según el nivel de la infracción.

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