lunes, 11 de abril de 2011

La información verbal debe quedar registrada en la documentación clínica - DiarioMedico.com

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ESPAÑA
CONDENA DE 15.000 EUROS
La información verbal debe quedar registrada en la documentación clínica
La falta de consentimiento informado es suficiente para condenar por una mala praxis cuando el paciente sufre alguna complicación. Esto es así, aunque en las maniobras de la intervención no se aprecie ninguna negligencia.


Redacción - Martes, 12 de Abril de 2011 - Actualizado a las 00:00h.


El juzgado de primera instancia número 4 de Madrid ha condenado a una clínica dental a indemnizar con 15.000 euros a un paciente que después de someterse a un implante dental de tres piezas padeció una sinusitis crónica.

La clínica alegó en su defensa que informó verbalmente de todos los riesgos. Sin embargo, la sentencia advierte que no hay pruebas que sostengan esa afirmación, ya que "ninguna acreditación obra en autos al respecto: no consta en la historia clínica del demandante ni en la documentación de la demandada, ni el propio actor fue interrogado al respecto al no haberse solicitado su interrogatorio".

La sentencia acude a la jurisprudencia del Supremo para recordar que la información al paciente de be ser puntual, correcta, veraz, leal, continuada, precisa y exhaustiva, en cumplimiento de lo que recoge la Ley General de Sanidad. La sentencia continua afirmando que "aunque se permita su práctica de forma verbal, al menos debe quedar constancia de la misma en la historia clínica del paciente y en la documentación hospitalaria que le afecte, como exige la Ley de Autonomía del Paciente".

Relación de causalidad

Sobre la intervención, el juez reconoce que "no puede determinarse de forma clara una actuación negligente en cuanto a la acción de colocación de los implantes por el facultativo"; aunque, el perito judicial mantiene "sin lugar a dudas la relación de causalidad entre la secuela padecida y la manipulación dentaria". El juez admite la demanda del paciente, representado por los servicios jurídicos de la asociación El Defensor del Paciente, aunque reduce la indemnización de los 30.000 euros que se solicitaba a la mitad, 15.000 euros.

Siempre es mejor por escrito

La Audiencia de Barcelona condenó a un médico por falta de información. El facultativo utilizó un CI genérico, pero alegó que había completado la información verbalmente sin poder demostrarlo (ver DM del 13-I-2010).

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