jueves, 14 de abril de 2011

La policía no puede exigir un parte de lesiones a un médico - DiarioMedico.com

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ESPAÑA
sólo se puede DAR AL PACIENTE Y A UN JUEZ
La policía no puede exigir un parte de lesiones a un médico
Dos agentes de policía han visto desestimada la denuncia penal que emprendieron contra un médico que se negó a darles el parte de lesiones de una paciente. El juzgado avala la actuación facultativa, pues la ley sólo permite dar esa información al paciente o a la autoridad judicial.


Soledad Valle - Jueves, 14 de Abril de 2011 - Actualizado a las 00:00h.



Carlos Rojas-Marcos, abogado de Asjusa-Letramed.
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El juzgado de Primera Instancia número 7 de Torrejón de Ardoz ha absuelto a un médico de atención primaria de la acusación que presentaron contra él dos policías municipales que le acusaban de desobediencia y falta de respeto a la autoridad.

Los hechos que se juzgan ocurrieron cuando una mujer se cayó en una calle de Paracuellos del Jarama y fue atendida por los dos policías municipales. Los agentes la trasladaron al centro de salud más cercano para que la atendiera un médico, exigiendo al facultativo que les entregara el parte de lesiones de la mujer, a lo que se negó argumentando que la Ley de Protección de Datos se lo impedía. Sin embargo, los agentes consideraron su actitud una desobediencia a la autoridad y denunciaron los hechos.

En su reclamación judicial los denunciantes consideraron que el facultativo había incurrido en dos faltas contra el artículo 634 del Código Penal y solicitaron la pena de diez días de multa con una cuota diaria de seis euros. El juzgado de Torrejón de Ardoz ha resuelto el caso en un juicio de faltas en el que absuelve al facultativo de todos los cargos.

La sentencia señala que el comportamiento denunciado se ajusta a la ley "puesto que efectivamente el parte de lesiones sólo puede entregarse a la paciente o, en su caso, a la autoridad judicial, si ésta lo solicita, pero no a los agentes sin más, especialmente cuando la paciente ni siquiera parecía tener intención de denunciar los hechos, y ello atendiendo a toda la normativa sanitaria que trata de proteger la intimidad y los datos del paciente, como a la legislación en materia de protección de datos".

Carlos Rojas-Marcos, abogado de Asjusa-Letramed, que llevó la defensa del facultativo, ha señalado a Diario Médico que "el facultativo actuó bien al no dar a los policías el parte de lesiones puesto que no se lo permiten la Ley Orgánica de Protección de Datos, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley de Autonomía del Paciente y el artículo 11.2 del Código de Deontología del Médico".

Mera discusión

El juez tampoco considera demostrado que el médico faltara al respeto a la autoridad policial, pues los testimonios de otra trabajadora del centro de salud y de la propia paciente relatan que en la conversación se pusieron de manifiesto opiniones contrarias sin faltar al respeto. La sentencia recoge que "no toda la discordancia del ciudadano con la opinión de los agentes se debe considerar falta de respeto". Además, en el juicio el Ministerio Fiscal se interesó por la libre absolución del denunciado, como finalmente se produjo.
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