lunes, 16 de mayo de 2011

La SECPAL pide que en la Ley reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida además de considerar los derechos de los pacientes se ordene la profesión de médico, enfermera, psicólogo y trabajador social en cuidados paliativos :: El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad ::

La SECPAL pide que en la Ley reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida además de considerar los derechos de los pacientes se ordene la profesión de médico, enfermera, psicólogo y trabajador social en cuidados paliativos

Redacción

La SEMICYUC, pr su parte, considera una magnífica noticia esta Ley y valora la seguridad y protección jurídica que representa para el profesional, así como la garantía que supone para el cumplimiento de los derechos del paciente


Madrid (17-5-11).- La Junta Directiva y Ejecutiva de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos (SECPAL) ha hecho una primera valoración sobre la aprobación del anteproyecto de Ley reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida y pide que además de regular los derechos de los pacientes, se ordene la profesión de médico, enfermera, psicólogo y trabajador social en cuidados paliativos. “Es preciso transmitir a los ciudadanos españoles, y particularmente a los pacientes con enfermedades avanzadas, y a sus familias, un mensaje de confianza, y la garantía de que en manos de profesionales con formación adecuada, puede garantizarse una buena calidad de vida y ausencia de sufrimiento intenso, incluso cuando la muerte está muy cercana”.

La SECPAL no ha participado en la redacción del anteproyecto de Ley. Ningún profesional de los casi 40 que componen su Junta Directiva ha formado parte del grupo de expertos que ha elaborado el borrador. SECPAL comprende que su turno de alegaciones comienza ahora, una vez publicado el anteproyecto. En ese momento, la sociedad reunirá a su grupo de política sanitaria y elaborará un informe más completo que hará público.

“Durante estos últimos meses, SECPAL ha mantenido dos entrevistas con altos cargos del Ministerio de Sanidad responsables de la redacción de la Ley, y una entrevista con altos cargos del Partido Popular. Ningún otro grupo político ha solicitado una reunión con SECPAL como expertos. En todas las reuniones con ambos grupos hemos detectado sintonía de intenciones, y creemos necesario un gran acuerdo político y social en cuanto a los términos recogidos en la Ley”.

Desde la SECPAL señalan que “la atención al final de la vida no es sólo un asunto sanitario sino que afecta también al menos a lo social, educativo y laboral. La nueva Ley deberá servir para organizar adecuadamente todos los derechos y prestaciones relacionadas con dichos ámbitos”.

En cuanto a la promulgación del derecho al tratamiento del dolor y de otros síntomas, del derecho a la intimidad y a las adecuadas intervenciones sanitarias, “es preciso aclarar que el más necesario de los derechos es el de la adecuada atención al final de la vida. Es preciso aclarar que cualquier intervención sanitaria, como por ejemplo la sedación paliativa, la limitación del esfuerzo terapéutico o la intervención psicosocial, debe estar siempre sujeta a la buena praxis médica / buena praxis profesional. Ha de estar bien indicada y el procedimiento ha de ser el correcto según dictan las guías existentes y la deontología profesional”, señalan.

La Ley hace referencia a la formación de los profesionales. SECPAL “considera que debe especificarse el hecho concreto de la obligatoriedad de incluir cuidados paliativos como asignatura obligatoria en todos los estudios de pregrado de las profesiones implicadas en la atención al final de la vida. Además de regular los derechos de los pacientes, es indispensable ordenar la profesión de médico, enfermera, psicólogo y trabajador social en cuidados paliativos”.

SEMICYUC
Por su parte, la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias (SEMICYUC), a través de su vicepresidente, el Doctor José Cuñat, ha calificado como “una magnífica noticia” la Ley reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida. El intensivista ha destacado el valor de esta Ley como garantía de los derechos de los ciudadanos y como protección jurídica para los profesionales sanitarios. “La Ley garantiza que cuando el profesional actúa en situaciones al final de la vida en cumplimiento tanto de la normativa y como de los deseos del paciente, no está incurriendo en ningún acto punitivo”, ha explicado Cuñat. De esta manera, el texto “procura que se respete la voluntad del paciente” y “asegura que se dé en un entorno adecuado, de intimidad y confort”.

El Doctor Cuñat ha señalado que todos los aspectos médicos que se contemplan en la Ley corresponden a “actuaciones de buena práctica clínica”, por lo que en ningún caso han de verse como una “situación ética o moral”. El vicepresidente de la SEMICYUC ha añadido que “muchos de los aspectos contemplados en esta norma están incluidos en los Indicadores de Calidad de nuestra Sociedad, publicados en la revista Medicina Intensiva en 2008 y que la Sociedad Europea de Medicina Intensiva ha asumido como propios”.

Cuñat ha recordado también que durante la preparación de la Ley, el Grupo de Bioética de la SEMICYUC elaboró, por petición del Ministerio, un documento con recomendaciones al Proyecto de Ley.

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