miércoles, 18 de mayo de 2011

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Avances & Retrocesos
Por el Licenciado
Víctor Norberto Cerasale [MBA R&D]



En América latina, los estamentos políticos consideran a la “salud pública” como un gasto, pasible de ser recortado, manipulado, y/o adaptado a sus antojos presupuestarios, para nada estratégicos, mucho menos coincidentes con planificación social alguna. Ello ha colocado a la mencionada “salud pública” de rodillas, reclamando por cuestiones meramente legítimas sobre las que no existen dudas, pero que a ojos del poder son licencias inaceptables y por ende inconcebibles. Es así que se fabrican realidades contradictorias que enfrentan a los actores, por caso a los pacientes con sus médicos y a éstos con aquéllos, generando una división imprudente que da como consecuencia final un claro divorcio de finalidades y objetivos, virtual y circunstancial pero divorcio al fin.

Curiosamente, este mismo criterio se traslada a las coberturas sociales y se instala el concepto que los tratamientos crónicos o de alta complejidad, producen daños al presupuesto, los que deben ser evitados a ultranza creando un maremágnum de demandas contenidas que finalmente se traducirán en una catástrofe económica y financiera, esencialmente dañina para el sistema marco. En ese mismo mundo político, nadie ha descubierto aún que este mecanismo es una fábrica de exclusión ya que siempre habrá un argumento falaz para repeler una necesidad cierta.

En tal sentido puede aseverarse que, más allá de la generalizada creencia política sobre el aumento progresivo de la participación de la salud en el gasto social, asistimos masivamente a un retroceso presupuestario que está lejos de cubrir las necesidades de las personas, tengan o no cobertura social. Lo dicho afecta a todas las instituciones participantes en la actividad asistencial y consecuentemente hacen lo propio con sus actores, sometiéndolos a un “burn out” creciente que arrasa con sus voluntades y deforma sus esfuerzos. No obstante ello, los ámbitos de decisión se ubican cada vez más lejos de las gentes y sus reales demandas.

La conducta descripta es factor común en Iberoamérica donde la salud retrocede, cediendo espacio significativo a la enfermedad. En el caso de existir recursos económicos personales suficientes (privados), se sortearán algunos de los inconvenientes pero ello no modifica el paisaje global, ya que el conjunto de los excluidos supera largamente a los de los denominados “incluidos”, y ello mal que pese a quien sea se define como “inequidad”.

En medio de esta calamidad social latinoamericana, Estados Unidos de Norteamérica no logra superar las disparidades históricas que impuso su modelo de seguros de salud que obligó a numerosos segmentos sociales a quedar al margen de atención sanitaria de mínima alguna. Simultáneamente, Europa se debate entre el impacto de la crisis económica de la Unión, que ha obligado a un replanteo estructural altamente peligroso de cara al futuro inmediato, al tiempo que ha instalado un valor agregado que promete cambiar el curso de la historia de las franjas sociales usualmente indefensas.

La Unión Europea ha instrumentado una directiva sobre asistencia transfronteriza que contempla los derechos de los pacientes, anteponiéndolos a sus propios estados. La legislación se ocupa de la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia transfronteriza y persigue la eliminación de los obstáculos que dificultan a los pacientes poder buscar tratamiento en otro estado miembro. Esto es de especial importancia para los pacientes de enfermedades raras que no pueden encontrar diagnóstico a nivel local o quieren acceder a un centro especialista con base en otro país.

En una declaración, John Dalli, el Comisario Europeo de Sanidad y Consumo dijo que la Directiva servirá para “ayudar a los pacientes que necesiten un tratamiento especializado, por ejemplo aquellos que buscan un diagnóstico o tratamiento para una enfermedad rara ya que algunas de ellas no están ni siquiera reconocidas en algunos países, por ende menos tratadas.”

Los pacientes que requieren asistencia en otro país, lo que implica la internación en un hospital altamente especializado y costoso, necesitarán solicitar permiso a las autoridades sanitarias nacionales para el reembolso. “Sin embargo, el gran avance que contiene esta directiva es que la previa autorización no puede ser negada o pospuesta de manera indefinida,” explica Flaminia Macchia, directora de Asuntos Públicos Europeos de EURORDIS. “La buena noticia es que no pueden denegar el viaje para obtener un tratamiento de una enfermedad rara que no esté disponible en el país de afiliación.”

El texto final (adjunto, ver al pie), se refiere varias veces a las enfermedades raras e incluye una definición de la UE de una enfermedad rara, en sí misma una consolidación de la política de la UE sobre enfermedades raras. El artículo 12 de la directiva establece que “la Comisión apoyará a los estados miembros en el desarrollo de redes europeas de referencia entre los profesionales sanitarios y los centros de expertos en los estados miembros, en particular en el área de las enfermedades raras”.

La Comisión Europea estima que el coste de la nueva norma con la que la Unión Europea acotará los derechos de los pacientes que viajan para recibir tratamiento en otro país comunitario será muy limitado. Como máximo, y "contando con que los Estados miembros sean muy generosos, de unos 30 millones de euros", lo que, según fuentes comunitarias consultadas, es un impacto "muy limitado, frente a los 10.000 millones que suma en la actualidad el gasto público anual en la UE para los cuidados médicos transfronterizos".

En medio de este notable avance tendiente a resolver inequidades, muchos países miembros de la UE enfrentan recortes impuestos a partir de la crisis económica. Esta paradoja pone en tela de juicio evidencias sobre las que no cabe duda alguna ya que su especificidad y costo-eficiencia (antes que eficacia) han sido sobradamente demostradas a lo largo de muchos años en diferentes ámbitos y en realidades a escala, lo cual ha permitido establecer un modelo eficiente en sí mismo, aun cuando sea pasible de mejoras y adaptaciones.

Tanto pacientes, sociedades de ellos sobre distintas enfermedades, médicos, sociedades científicas, unidades académicas, miembros del equipo de salud, advierten sobre las nefastas consecuencias que podrían tener las salvajes limitaciones impuestas a partir de los falaces argumentos que se esgrimen por la crisis. Del otro lado nadie escucha, nadie atiende, nadie comprende, y los valores oportunamente agregados pasan a ser restados y desintegrados. Las consecuencias esperables son socialmente dañinas, como así también enseñan una involución en las consideraciones sanitarias que comienzan a limitar las demandas producidas a partir de la movilidad de las personas y de la propia globalización. Cabe preguntarse cómo enfrentarán los estados aquello que pretenden omitir y cuya inversión potencial se geometrizará hasta límites insospechados.

El mundo enfrenta una clara estrategia política de exclusión y de recorte de las coberturas. Los resultados esperables se traducirán ya no sólo en la caída del gasto social genuino sino además en un tsunami de demandas contenidas que agravarán las necesidades de recursos, los que se multiplicarán a medida que se acumulen sin recibir soluciones prudentes. El mundo no tiene espacio para la degradación sistemática de los sistemas de salud. El concierto económico-político habla de derechos y hace extensos discursos sobre el particular, sin embargo parece no entender que cuando pacientes y médicos (por mencionar algunos) se convierten en variables de ajuste, la salud pública no muere, se la asesina.

Fuentes:
Texto completo de la Directiva de la UE sobre los Derechos de los Pacientes en la Asistencia Transfronteriza: http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/11/pe00/pe00006.en11.pdf

Derechos de los Pacientes en la Asistencia Transfronteriza: EUROPA - Press Releases - Q&A: Patient's rights in cross-border Healthcare
http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=MEMO/11...
Asistencia Transfronteriza | Directiva de la UE sobre la Asistencia Transfronteriza | www.eurordis.org .



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