martes, 3 de mayo de 2011

Sanidad debe pagar los 'flecos sueltos' de las transferencias - DiarioMedico.com

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ESPAÑA
SEGUNDA SENTENCIA SOBRE LA FACTURA DE FARMACIA
Sanidad debe pagar los 'flecos sueltos' de las transferencias
El Tribunal Supremo ha condenado al Ingesa a abonar los 28 millones de la factura farmacéutica de Castilla-La Mancha de diciembre de 2001, el mes previo a las transferencias, porque la obligación del pago se generó antes de los traspasos. Otras 9 autonomías han recurrido
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L.G. Ibañes | M. Esteban - Martes, 3 de Mayo de 2011 - Actualizado a las 00:00h.


El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que confirma otra previa de la Audiencia Nacional en 2008 por la que se condenó al Ingesa a hacerse cargo del pago de los 28 millones de euros de la factura farmacéutica de Castilla-La Mancha en diciembre de 2001, el mes previo a las transferencias sanitarias.

La Audiencia Nacional explicó en su día que correspondía al antiguo Insalud sufragar esta factura, ya que, aunque el pago se hubiese realizado en enero de 2002 (es decir, cuando ya se habían completado los traspasos de las competencias sanitarias del Estado a las autonomías), la obligación de pago se habría producido antes de las citadas transferencias, en diciembre de 2001.

Ante esa sentencia de la Audiencia Nacional de 2008, el Ingesa recurrió el fallo en el Tribunal Supremo y presentó un recurso de casación en interés de ley alegando una incorrecta aplicación de la normativa. A punto de cumplirse diez años desde las transferencias sanitarias, el Supremo ha fallado ahora sobre este caso y lo ha hecho para ratificar la sentencia de la Audiencia Nacional y, por tanto, la obligación del Ingesa de pagar la factura farmacéutica de diciembre de 2001.

Concretamente, el Supremo explica que no cabe alegar grave perjuicio para el interés general como pretende el Ingesa si se aplica la sentencia de la Audiencia Nacional, que le condenaba al pago de la factura, puesto que "la controversia no se extiende al abono de aquella factura de farmacia [...] sino sólo a cuál de las dos administraciones contendientes es la obligada a su pago, de suerte que el interés general no resulta dañado por la decisión, sea cual sea su sentido". El Supremo añade además que cuestionar el fallo de la Audiencia Nacional (y otras de más autonomías que están inmersas en litigios semejantes) no tiene sentido, puesto que éstas se han limitado a aplicar lo dictado por el TS en el caso de Murcia en 2006.

Más autonomías

La sentencia sobre Castilla-La Mancha, con todo, no es baladí si se tiene en cuenta que es la segunda vez que el TS falla en este sentido tras una sobre el mismo conflicto en Murcia (ver DM de 21-XI-2006).

En conjunto, la factura farmacéutica que está en liza y que podría tener que pagar el Ingesa ascendió a 217 millones de euros en diciembre del año previo a las transferencias en las diez autonomías que recibieron los traspasos. El Ingesa ha hecho frente ya al pago de la factura de Murcia, pero tiene otros tantos recursos en marcha.

De momento el TS sólo ha desestimado la pretensión de Extremadura y lo ha hecho por un defecto de forma en el recurso.

El TS marca la línea

El Tribunal Supremo falló por primera vez sobre los flecos sueltos de las transferencias en 2006 y lo hizo para dar la razón a Murcia y condenar al Ingesa a pagar los 18 millones de euros de su factura farmacéutica.
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