sábado, 1 de septiembre de 2012

Este sábado entra en vigor la norma que excluye de la asistencia sanitaria a los inmigrantes irregulares :: El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad

El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad Este sábado entra en vigor la norma que excluye de la asistencia sanitaria a los inmigrantes irregulares

Este sábado entra en vigor la norma que excluye de la asistencia sanitaria a los inmigrantes irregulares


Madrid (01-03/09/2012) - E.P.

Según el Ministerio, esta medida busca garantizar "un mayor control y transparencia" de la cobertura sanitaria en el Sistema Nacional de Salud

Este sábado, 1 de septiembre, entra en vigor la norma del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria pública en España, que dejará sin tarjeta sanitaria a los más de 153.000 inmigrantes que están en situación irregular en España.

Así lo han confirmado fuentes del departamento de Ana Mato, que esta semana aseguraba que no se trata de una medida de "carácter económico" sino que busca garantizar "un mayor control y transparencia" de la cobertura sanitaria en el Sistema Nacional de Salud (SNS) con cargo a fondos públicos.
Pese a ello, la retirada de la tarjeta sanitaria a los inmigrantes irregulares ha contado con el rechazo del resto de partidos políticos, algunas comunidades como Andalucía o País Vasco (que han anunciado que "desobedecerán" la norma y seguirán atendiendo "como antes" a los "sin papeles") y los profesionales sanitarios.

El Real Decreto regula la condición de asegurado y beneficiario en el SNS y, para hacerla efectiva, se les atribuye a todos ellos una tarjeta sanitaria individual. Entre las condiciones que dan derecho a conseguirla están ser trabajador por cuenta ajena o propia y estar afiliado a la Seguridad Social; ostentar la condición de pensionista; ser perceptor de cualquier otra prestación periódica de la Seguridad Social como la prestación por desempleo y, en caso de haberla agotado y seguir sin trabajo, acreditando la condición de asegurado por cualquier otro título.

Asimismo, también tienen la condición de asegurado las personas que no tengan ingresos superiores a 100.000 euros anuales ni cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía, siempre que tengan nacionalidad española y residan en España; pertenezcan a algún Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza y estén inscritos en el Registro Central de Extranjeros, o que sean de un país distinto de los anteriores y tengan autorización para residir en territorio español.

De este modo, quedan fuera de la condición de asegurado los inmigrantes que están en situación irregular o "sin papeles", unos 153.000 según el Instituto Nacional de Estadística (INE), que hasta ahora sólo necesitaban estar empadronados en algún municipio español para poder ser titulares de una tarjeta sanitaria.

A partir de ahora, Sanidad sólo garantiza y se hace cargo de la asistencia de urgencia, por enfermedad o accidente, la atención por enfermedades transmisibles, en el embarazo, parto y postparto y la asistencia sanitaria completa si son menores de 18 años, una cobertura de la que el departamento de Mato presume al ser "más amplia que la de la mayoría de los países europeos, y que la que reciben los españoles cuando viajan a terceros países".

En el caso de aquellos "sin papeles" que ya estuvieran recibiendo algún tratamiento crónico, fuentes del Ministerio aseguran que también "seguirán siendo atendidos", algo que en cambio no se les garantiza "a los nuevos que vayan llegando a partir de ahora". No obstante, las mismas fuentes reconocen que esto son sólo unos "mínimos" que las Comunidades pueden ampliar como estimen oportuno siempre que no les den una tarjeta sanitaria del SNS, "ya que no tienen derecho a tenerla". "Si quieren darle una cobertura especial, están en su derecho, pero con tarjetas alternativas".

Pese a ello, algunas Comunidades como País Vasco o Andalucía ya han avisado que van a aplicar "exactamente el mismo protocolo" de asistencia que seguían hasta ahora con los inmigrantes irregulares. Otras como Cataluña también lo harán, pero crearán una tarjeta "alternativa" para este colectivo que podrán adquirir cuando lleven al menos tres meses empadronados en la Comunidad.

Pero algunas Comunidades gobernadas por el PP también han suavizado el impacto de la norma impulsada por Mato, caso de Galicia, que ha puesto en marcha un programa de protección social para mantener la asistencia sanitaria de este colectivo en los centros de salud.

En cambio, otras como Castilla y León intentarán cobrar la factura de la asistencia a los países de origen (en caso de que España tenga algún convenio de colaboración bilateral) antes de "en último término" facturar el coste a los propios 'sin papeles'; algo que hará sin dilaciones o al menos "intentará" La Rioja, bien después de la consulta o a través de un seguro.

No obstante, el Ministerio garantiza que "en la Sanidad pública nunca te van a pedir dinero previamente a atenderte". Pero una vez atendido, y en caso de no tener una tarjeta sanitaria, al paciente se le hará una factura con lo que ha costado su atención, que se le pasará a sus país de origen en caso de que haya convenio de colaboración bilateral con España. De lo contrario, el paciente puede declararse sin recursos "y no estará obligado a pagarla", han explicado las fuentes consultadas del Ministerio, que sin embargo advierten que quedará registrado lo que adeuda al SNS por su atención. Así, aunque desde Sanidad aseguran que estos inmigrantes no pasan a ninguna lista de morosos, si ese ciudadano dentro de un año tiene trabajo y sigue viviendo en España y es legal, se le podrá reclamar dicha factura "como hace cualquier empresa".
Por otro lado, el departamento de Ana Mato también da la posibilidad a  las comunidades de formalizar convenios especiales de asistencia sanitaria para que las personas no aseguradas ni beneficiarias puedan acceder a la Sanidad pública, que tendrán un coste de 710,4 euros al año (59,2 euros mensuales) o de 1.864,8 euros (155,4 euros mensuales) si el interesado tiene más de 65 años.

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