martes, 22 de octubre de 2013

El Constitucional restringe la protección laboral de las mujeres embarazadas | Sociedad | EL PAÍS

El Constitucional restringe la protección laboral de las mujeres embarazadas | Sociedad | EL PAÍS

El Constitucional restringe la protección laboral de las mujeres embarazadas

El tribunal deniega el amparo a una empleada encinta despedida con un contrato de prueba


El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo a una mujer que fue despedida cuando estaba embarazada. En una polémica sentencia, que cuenta con cinco votos discrepantes, el tribunal considera que el despido a una gestante no puede ser anulado cuando se trata de una "extinción de contrato en periodo de prueba".
"No cabe extender la protección dispensada para el despido a la resolución contractual en periodo de prueba", señala el fallo con el que el Constitucional limita la protección laboral a las embarazadas.

El despido se produjo en 2009 cuando la mujer fue contratada como comercial con un contrato de seis meses de duración, prorrogables automáticamente por períodos iguales y tras pactar un periodo de prueba de dos meses. En el momento de la firma del contrato, el 24 de junio, la trabajadora estaba embarazada, aunque no consta que la empresa tuviera conocimiento de su estado. El 4 de agosto, la empresa comunicó a la trabajadora la extinción del contrato por "no superación del periodo de prueba" y la gestante lo recurrió al entender que había sido despedida porque la empresa se enteró de su embarazo.

Cuatro de los cinco votos discrepantes han sido presentados por Fernando Valdés, Adela Asúa, Luis Ortega y Juan Antonio Xiol (del sector progresista) señalan que el tribunal debería haber otorgado el amparo porque la protección a las mujeres embarazadas está recogida en la Constitución y "no puede depender de las circunstancias contractuales". "La sentencia asigna una menor protección a la embarazada en periodo de prueba, minusvalorando la vigencia de los derechos fundamentales".

El otro voto, concurrente, es del magistrado conservador Andrés Ollero e indica que está de acuerdo con el fallo porque la especial protección a las mujeres embarazadas es "una opción legítima del legislador" que no deriva en una "exigencia constitucional". Aun así, sostiene que se debería haber abordado con mayor profundidad algunos aspectos.

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