jueves, 10 de octubre de 2013

Una depresión tras sanción laboral es enfermedad común - DiarioMedico.com

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Estrés por coacción

Una depresión tras sanción laboral es enfermedad común

La Audiencia destaca el carácter endógeno de una patología psiquiátrica para descartar motivos laborales.
S.Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   | 09/10/2013 19:41

 
 
"Las lesiones sufridas por el demandante, aunque hayan sido causadas por el estrés sufrido por la incoación del expediente disciplinario, no son derivadas o traen causa en el servicio". Es decir, la enfermedad, aunque sea de origen laboral, en este caso, deriva en un trastorno común. Así lo ha reconocido la Sala Contenciosa de la Audiencia Nacional en una sentencia que resuelve la demanda presentada por un trabajador, guardia civil, que desarrolló una depresión después de que le abrieran un expediente disciplinario.
  • "La generación de la enfermedad no deviene de la concreta situación en el servicio, sino de la propia naturaleza endógena de la persona que lo sufre", dice el fallo
Informes periciales
El interés médico y jurídico del fallo radica en el razonamiento que sobre la depresión realiza el tribunal, apoyado en la valoración de la junta-médico pericial, que resolvió la reclamación administrativa. En ese informe, que la Audiencia ha considerado por encima de las reflexiones aportadas por otro perito, también médico, se le diagnostica al demandante "trastorno distímico, posterior al ingreso en el servicio, de naturaleza disposicional".

La patología psiquiátrica se desarrolló después de que el demandante fuera expedientado y retirado del cuerpo de la Guardia Civil durante dos años, por determinar la incompatibilidad de su actividad en el cuerpo de seguridad del Estado con la venta de apartamentos. Recurrió la sentencia y el Tribunal Militar Central estimó la reclamación por una cuestión procesal.

En este punto, el demandante pide que su enfermedad sea considerada como laboral a los efectos de "la declaración de incapacidad permanente por insuficiencia de condiciones psicofísicas". La Audiencia rechaza esa posibilidad, y aclara que en el caso del trastorno depresivo, "la propia personalidad determina la generación de una patología invalidante, pues en estos supuestos, la generación de la enfermedad no deviene de esa concreta situación en el servicio, sino de la propia naturaleza endógena de la persona que lo sufre".

Descompensación
El fallo se refiere "a los rasgos constitucionales del sujeto y su descompensación clínica frente a las exigencias del entorno" para explicar el desarrollo de la enfermedad del demandante; afirmando que "es la propia naturaleza intrínseca del paciente la que determina el origen de la enfermedad, pues otras personas ante similares situaciones estresantes no les produce dicha patología".

La profesión de Guardia Civil tiene unos "aconteceres propios y normales de su estatuto profesional" y, según razona la Audiencia "los trastornos de orden psiquiátrico cuyas causas estresantes se deriven" de esas singularidades de la profesión, no pueden reconocerse como patologías del acto de servicio.


Trastorno común
Por todo lo anterior, la Sala Contenciosa-administrativa de la Audiencia Nacional resuelve que la depresión que sufrió el demandante corresponde a "un trastorno común, no profesional, y que no guarda relación de causa-efecto con las vicisitudes del servicio de armas del interesado".

Las costas judiciales deberá abonarlas el demandante, según recoge el fallo, que, además, no admite recurso.

Incapacidad temporal por enfermedad laboral

La Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Galicia cambió la contingencia de una incapacidad temporal, que pasa de común a laboral, al probarse que el clima hospitalario era conflictivo. En el caso juzgado, el tribunal reconoció que la depresión y el estado de ansiedad que mantuvo al médico alejado del hospital durante dos meses se debió a una enfermedad del trabajo, porque no tenía antecedente psiquiátrico anteriores a la incapacidad temporal, ni existió elemento exterior al laboral que explique el desarrollo de su enfermedad.

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