viernes, 2 de octubre de 2015

Absolución penal a un perito acusado de un delito de falso testimonio - DiarioMedico.com

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AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

Absolución penal a un perito acusado de un delito de falso testimonio

La Audiencia Provincial de Castellón ha absuelto a un médico que estaba acusado de haber mentido en un dictamen pericial en presencia judicial. El fallo señala que no ha quedado demostrado que se faltara a la verdad, pues es necesario "conocer la falsedad y querer expresarla".
Diego Carrasco. Madrid   |  30/09/2015 16:40
 
 

Carlos Fornes
Carlos Fornes, abogado del perito acusado. (DM)
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha dictado un auto por el que exime de responsabilidad penal a un médico porque "no existen suficientes indicios de falsedad" respecto al informe pericial que realizó sobre un paciente. La resolución explica que el delito de falso testimonio consiste en la "consciente y deliberada falsedad o mentira de la declaración del testigo o en una falta de verdad maliciosa en el informe pericial". Pero, además, se requiere "no sólo la objetiva falta de verdad en la declaración o dictamen" sino la existencia de un dolo directo, que consiste en "conocer la falsedad y querer así expresarla".
El médico, especialista en Medicina Legal y Forense en valoración del daño corporal, fue denunciado por un paciente por la comisión de un delito de falso testimonio. Según la querella, el facultativo afirmaba que había visitado a un enfermo, que sufrió un accidente de tráfico, en varias ocasiones de las cuáles no existía constancia alguna. En este sentido, la acusación mantenía que no existía base documental alguna que permitiera acreditar que se hicieron esas visitas como, por ejemplo, "la hoja de consentimiento informado o la preceptiva hoja de protección de datos" para la valoración o seguimiento de las lesiones que se produjeron como consecuencia del accidente de circulación que sufrió. Por estos hechos se pedía que el perito fuera condenado a una pena de prisión.
Carlos Fornes, abogado del médico querellado, explicó en el juicio que "es imposible recordar con exactitud una visita que se efectuó a uno de tantos pacientes nada menos que cinco años antes de la ratificación del dictamen pericial" del que se le acusa que ha mentido delante del juez. El perito aportó en la vista oral copia de la factura emitida por la compañía aseguradora para la que hizo el informe así como las propias notas de su programa de gestión de visitas a pacientes.
La Audiencia de Castellón da la razón al letrado del médico forense porque el informe "emitido cinco años más tarde" de la discutida visita "contiene hasta 33 fuentes externas como base del mismo", por lo que "ni puede considerarse un informe falso ni sus conclusiones arbitrarias". En este sentido, el auto explica que la acción delictiva supone "faltar maliciosamente a la verdad en el dictamen pericial que se presta en una causa judicial", de tal forma que la falsedad debe "resultar evidente" o puesta de manifiesto con el resto de pruebas practicadas. Y es que el Código Penal califica este delito como "eminentemente intencional" razón por la que se excluye la modalidad imprudente.
La resolución judicial, que es firme, deja claro que para que la declaración del perito sea falsa "no basta la mera existencia de discrepancias entre opiniones" sino que será necesario que el informe que se denuncia "carezca de motivación o sea arbitraria".

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