martes, 6 de octubre de 2015

El Gobierno, a Valencia: su ley de atención a 'sin papeles' vulnera competencias estatales - DiarioMedico.com

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POSIBLE RECURSO AL TC SI NO HAY ACUERDO

El Gobierno, a Valencia: su ley de atención a 'sin papeles' vulnera competencias estatales

El Ejecutivo nacional considera que la normativa valenciana sobre atención a sin papeles invade competencias estatales y que podría ser inconstitucional. Si una comisión bilateral no soluciona "discrepancias", el Gobierno central recurrirá al Constitucional la ley regional.
Redacción   |  06/10/2015 13:47
 
 

El Ministerio de Hacienda ha enviado una comunicación oficial al Gobierno de la Comunidad Valenciana en la que le informa de que se han planteado determinadas "discrepancias" con el decreto ley autonómico que regula el acceso universal a la atención sanitaria a personas inmigrantes irregulares en la región.
El Gobierno alega que la norma regional, que convalidaron las Cortes valencianas el pasado mes de septiembre, vulnera competencias estatales, y advierte de que si no se solucionan en una Comisión Bilateral creada ad hoc, recurrirá la ley regional al Tribunal Constitucional (TC).
Según informa Europa Press, a iniciativa de los Ministerios de Empleo y Seguridad Social y de Sanidad, el Ejecutivo nacional plantea "determinadas discrepancias" en relación con el Decreto-Ley 3/2015 de julio del Consejo de la Comunidad Valenciana. Como contó DM, permite la asistencia a inmigrantes en situación irregular que lleven más de tres meses empadronados en la autonomía.
  • El Gobierno cree que la regulación autonómica en prestaciones asistenciales, farmacéuticas y ortoprotésicas, y la relativa al documento de identificación y la asignación de médico, pueden ser inconstitucionales
La Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la comunidad autónoma "permitiría la búsqueda de la solución adecuada a fin de evitar el recurso de inconstitucionalidad". El Gobierno considera que, además, puede existir inconstitucionalidad o incompatibilidad en los artículos que regulan las prestaciones asistenciales, farmacéuticas y ortoprotésicas, y los que regulan aspectos relativos a la solicitud, el documento de identificación y la asignación de médico, entre otros.
En el informe competencial sobre el decreto, el Gobierno considera que la norma "puede incurrir en extralimitación competencial". Así, sostiene que el artículo 1.1 del Decreto Ley, al establecer que la finalidad de la norma es la de garantizar el acceso a las prestaciones del SNS "en igualdad de condiciones que el resto de la población asegurada, a los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España, vulnera la competencia estatal para establecer el ámbito objetivo y subjetivo de la materia 'Sanidad'".
Según el texto, la determinación de las condiciones para acceder a las prestaciones del SNS y su contenido "corresponde exclusivamente al Estado". De igual modo, señala que los artículos 2.1 y 6 de la norma valenciana determinan que, para acceder a las prestaciones sanitarias "será preciso el cumplimiento de determinados requisitos -tales como estar empadronados en algún municipio de la Comunidad Valenciana- y están en estrecha conexión con el artículo 1, que establece el ámbito subjetivo de la norma; por ello, se entiende que suscita controversia su adecuación a la norma estatal".

    Respuesta de la Consejería valenciana

    Ante la comunicación oficial del Gobierno, la consejera de Sanidad Universal y Salud Pública, Carmen Montón, ha reafirmado hoy que la atención sanitaria integral entendida como un derecho fundamental de toda persona es un principio irrenunciable: "Con el derecho al acceso integral a la salud no se mercadea". Frente al argumento del Ejecutivo nacional, que afirma que el decreto valenciano 3/2015 de universalidad de la asistencia sanitaria puede haber incurrido en una extralimitación competencial, Montón recuerda que la norma fue avalada por los servicios jurídicos de la Abogacía General de la Generalitat Valenciana, y que dos pronunciamientos del Tribunal Constitucional han respaldado medidas similares de extensión de la cobertura asistencial tomadas en País Vasco y Navarra para reconocer la universalidad de la atención sanitaria.
    Por ello, considera que la propuesta que plantea el Gobierno nacional de convocar una comisión bilateral para negociar con la conselleria para evitar el recurso de inconstitucionalidad no tiene otro propósito que rebajar el alcance de la medida y recortar derechos a las personas a quienes el decreto valenciano ha devuelto un acceso integral a la sanidad en las mismas condiciones que el resto de la ciudadanía. Montónj recuerda que, en su momento, ya se solicitó al Ministerio incluir el debate de la universalidad de la atención sanitaria en España en el orden del día del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, y que el Ministerio se negó entonces a aceptar esta petición.
    En definitiva, la Consejería de Sanidad valenciana no contempla negociar a la baja el derecho fundamental a la sanidad.

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