lunes, 28 de septiembre de 2009

ESPAÑA: ley del aborto [II]


EL MÉDICO INTERACTIVO
ESPAÑA
El proyecto de Ley de interrupción voluntaria del embarazo introduce como modificación el reconocimiento de la vida prenatal como bien jurídico que precisa protección

Redacción

La norma, aprobada el sábado en el Consejo de Ministros, prevé que haya un comité clínico, pluridisciplinar, en cada CCAA para valorar los diagnósticos prenatales sobre enfermedad grave o incurable del feto



Redacción (Madrid, 29-9-2009).- El Consejo de Ministros celebrado el pasado sábado aprobó, a propuesta de los Ministros de Igualdad, Justicia y Sanidad y Política Social, la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. La norma, una vez analizados los informes preceptivos y tras el dictamen del Consejo de Estado que avala su constitucionalidad, la oportunidad y la necesidad de la reforma, ha sufrido algunas modificaciones de aspectos técnicos, respecto al Anteproyecto aprobado el pasado 14 de mayo, que la refuerzan.

Así, atendiendo las recomendaciones del Consejo de Estado, en la exposición de motivos se explica que la vida prenatal es un bien jurídico merecedor de protección, sin perjuicio de la necesidad de garantizar igualmente los derechos fundamentales de la mujer embarazada.

Otra de las modificaciones hace referencia al comité clínico, que tiene que valorar los diagnósticos prenatales en los que se detecten enfermedades extremadamente graves e incurables en el feto.

Siguiendo las indicaciones del Consejo de Estado y, según queda redactado en el artículo 16, el comité estará formado por un equipo pluridisciplinar de personas expertas en diagnóstico prenatal y, una vez confirmado el diagnóstico por el comité, será la propia mujer la que decida sobre su intervención. Habrá, al menos, uno de estos comités en cada comunidad autónoma y su funcionamiento se regulará reglamentariamente.

En el Proyecto se han recogido, asimismo, todas las propuestas aportadas por la Agencia de Protección de Datos para garantizar la intimidad y la confidencialidad. Así, los centros deberán contar con sistemas de custodia activa y diligente de las historias clínicas de las pacientes e implantar en el tratamiento de los datos las medidas de seguridad de nivel alto, previstas en la normativa vigente de protección de datos de carácter personal.

En relación al consentimiento de la mujer y a la posibilidad de decidir de las jóvenes de 16 años, el Gobierno entiende que es coherente con nuestro marco jurídico y nuestra realidad social. Por eso, una vez reconocida por el Consejo de Estado la autonomía y derecho a decidir de las jóvenes, el Proyecto mantiene la disposición final segunda donde se modifica la Ley de Autonomía del Paciente de 2002.

Plazos y supuestos

La norma aprobada establece que hasta la semana catorce de gestación, la mujer podrá interrumpir el embarazo libremente siempre que, como mínimo tres días antes de la interrupción, haya recibido información sobre sus derechos y sobre las ayudas de que puede disponer para la maternidad si tal fuera su decisión.

De manera excepcional, hasta la semana 22 la mujer podrá interrumpir el embarazo sólo en dos supuestos: si estuviera en riesgo su vida o su salud o si hubiera graves anomalías en el feto. En los dos casos, deberá acompañar un dictamen emitido por dos médicos especialistas distintos a los que practican la intervención.

La interrupción voluntaria del embarazo, además, se garantizará dentro de la cartera de servicios del SNS Salud para que sea una prestación pública y gratuita. El Estado, asimismo, velará por el cumplimiento efectivo de estos derechos a través de la Alta Inspección Sanitaria.

Subvenciones a Ceuta y Melilla

El Consejo de Ministros aprobó, por otra parte, un Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, por un importe total de 4.518.385 euros, de los cuales corresponderán 2.080.000 euros a la Ciudad de Ceuta y 2.437.585 euros a la Ciudad de Melilla. Las subvenciones están destinadas a cubrir de manera inmediata las necesidades de dichas ciudades en materia de asistencia social y de personas mayores.

También en el Consejo se aprobó un Real Decreto relativo a los complementos alimenticios, que son aquellos productos consistentes en fuentes concentradas de nutrientes y que se presentan con la finalidad de complementar la ingesta de tales nutrientes en la dieta normal.

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