Un laboratorio, a juicio por la píldora del día después
Orlando Andrada
Para LA NACION
Un juez entiende que directivos ocultaron datos en el prospecto del producto Segurite
CORDOBA.- Por decisión del juez de Control de 7» Nominación Esteban Ignacio Díaz fueron elevados a juicio oral los directivos del laboratorio Raffo de Monte Verde SA, por la comercialización de producto Segurite, clínicamente denominado como Píldora Anticonceptiva de Emergencia (PAE) y conocida popularmente como píldora del día después, según informó la ONG Portal de Belén, que desde hace varios años batalla contra la prescripción de ese fármaco.
La entidad señaló que el magistrado adoptó la medida al acreditar fehacientemente en la causa judicial que el laboratorio extranjero, titular de la patente, reconoce expresamente que el producto destruye el embrión humano en su fase inicial, pero que "el laboratorio Raffo, al momento de ponerlo a la venta, oculta dicho efecto a las familias argentinas".
Destacó, además, que en su pronunciamiento el juez sostuvo que "las potenciales consumidoras del medicamento se encuentran seriamente expuestas a incurrir en un error de interpretación, puesto que la leyenda del prospecto, al afirmar que el producto podría impedir la implantación del óvulo, no se ajusta a la verdad, ya que lo que efectivamente el fármaco impide es la implantación del blastocito, lo que es sustancialmente distinto".
El óvulo fecundado
La ONG advirtió que la afirmación de que los óvulos no se implantan es un absurdo para la biología. "Lo que se implanta en el útero de una mujer es el óvulo fecundado, como dicen claramente los fabricantes franceses."
En opinión de la institución Portal de Belén, "se le ha quitado expresamente a la usuaria argentina la información que lo que se destruye, por la no implantación, es un óvulo fecundado, es decir un ser humano ya concebido. Simplemente un hijo", enfatizaron.
La entidad que preside el abogado Aurelio García Elorrio, promotor de esta batalla judicial, recordó que, en su oportunidad, el fiscal acusó a los directivos del laboratorio francés "de tráfico de medicamentos peligrosos para la salud, reprimido por el artículo 201 del Código Penal, con penas de entre tres y diez años de prisión".
Precisó que los acusados Jorge Alberto Belluzo, Rolf Eric Robert Hattman y Claudio Daniel Núñez eran los directivos del laboratorio al momento de producirse el hecho investigado, acusación que ratificó ahora el juez de control.
Sobornos
Por otra parte, Portal de Belén denunció que "se ha detectado en la plaza financiera de Córdoba durante un solo año la existencia de casi 900 cheques sobre seis bancos de cuentas vinculadas con el citado laboratorio" y que, por tratarse de una empresa foránea, no tiene justificativo alguno para tan abultada cantidad de movimiento de cheques, por lo que está en marcha una nueva investigación con el objetivo de determinar que se estuviera reforzando la comercialización de su producto con incentivos no permitidos a los profesionales de la salud".
El Programa de Reproducción Humana de la Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que la píldora es un método anticonceptivo que debe ser para la prevención de embarazos no deseados, cuando ocurrió una violación o falló el método anticonceptivo habitual, como puede por ejemplo ser la rotura de un preservativo.
Además, la OMS considera que la píldora, tal como su nombre lo indica, debe utilizarse únicamente en casos excepcionales. Por otra parte, el programa de la OMS también garantiza el pleno ejercicio de la libertad de conciencia de los médicos que la prescriben y que, por razones éticas, están en todo su derecho de abstenerse al suministro de este tipo de métodos anticonceptivos.
crédito: La Nación - 29/12/10
fuente: http://www.inversorsalud.com.ar/
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