viernes, 1 de abril de 2011

Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición :: El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad ::

La Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso aprueba la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición

Redacción

Todos los grupos, con la excepción del Popular, acuerdan limitar la venta en los centros escolares de alimentos y bebidas con alto contenido en grasas, sal y azúcares



Madrid (1-4-11).- La Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso ha aprobado, por práctica unanimidad y con competencia legislativa plena, el Proyecto de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, una norma que unifica la legislación sobre alimentos y nutrición, con el objetivo de garantizar la seguridad de los alimentos y reforzar la protección de los ciudadanos en todos los ámbitos relacionados con la alimentación y sus derechos como consumidores.

La Ley incorpora al concepto de seguridad alimentaria los hábitos de alimentación saludables y la prohibición de discriminación por obesidad. Incluye, entre otras, medidas referidas especialmente a la composición de los alimentos y la alimentación en el entorno escolar, además de actuaciones en el ámbito de la publicidad de los alimentos.

Según ha señalado Alberto Fidalgo, uno de los ponentes socialistas, “esta Ley parte de la idea de que la protección efectiva del derecho a la seguridad alimentaria requiere un enfoque integral que contemple los riesgos asociados a la alimentación desde la granja a la mesa, y que considere todas las perspectivas posibles”. “La Ley atiende a las perspectivas clásicas de la seguridad alimentaria, como son la detección y eliminación de riesgos físicos, químicos, y biológicos, desde un nuevo enfoque anticipatorio que se fundamenta jurídicamente en el principio de precaución”.

Además, ha destacado, “tiene en cuenta de forma muy particular la creciente importancia de los riesgos nutricionales, dada la preocupante prevalencia en la actualidad de la obesidad y principalmente de la obesidad infantil y juvenil. Y tiene en consideración otras perspectivas de la seguridad alimentaria que inciden en los derechos de los ciudadanos, como son la existencia de riesgos sociales, de integración o de discriminación, y de género, que deben ser eliminados”.

Amplio consenso

Por su parte, el otro ponente socialista, Alejandro Alonso, ha insistido en resaltar el “espíritu de entendimiento” logrado en torno a esta Ley, que se ha materializado en la incorporación del 60 por ciento de las 143 enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios.

Entre las enmiendas introducidas, el diputado socialista ha destacado la acordada por todos los grupos parlamentarios, a excepción del PP, para modificar el artículo 40.6, de manera que “en las escuelas infantiles y centros escolares no se permitirá la venta de alimentos y bebidas con un alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal y azúcares. Estos contenidos se establecerán reglamentariamente”.

Otras modificaciones introducidas en el proyecto de ley se refieren a aspectos como el reconocimiento del derecho a la seguridad alimentaria; referencia a las familias como responsables principales junto con la administración en la transmisión de hábitos saludables a los hijos; obligaciones informativas de la Administración del Estado con las CCAA y las Entidades Locales que realicen control oficial; los sistemas de comunicación de riesgos para asegurar el deber de coordinación y comunicación con las CCAA; el principio de mínima afección a la competencia; relativas a la Red de laboratorios.

También se refiere a las estrategias de nutrición, de actividad física y prevención de la obesidad, para incorporar a las mujeres gestantes entre los colectivos prioritarios; incorporar la actividad física como objeto de estudio por parte del Observatorio de la Nutrición y Estudio de la Obesidad, preservando las competencias autonómicas sobre este tema; incorporar a las oficinas de farmacia en los programas de prevención de la obesidad; medidas sobre publicidad de alimentos; garantías de derechos de accesibilidad, igualdad y no discriminación de las personas con discapacidad.

Respecto a las medidas dirigidas al ámbito educativo, además de la ya mencionada, se ha precisado el ámbito de aplicación a las escuelas infantiles y centros escolares y se han transaccionado textos sobre información de menús, accesibilidad de personas con discapacidad y medidas que tienen que ver con la venta y publicidad de alimentos en centros escolares; respecto al patrocinio de equipos y eventos deportivos en el ámbito educativo; inspecciones en frontera y procedimientos en este mismo tema; y la aplicación armonizada en todo el territorio nacional de las sanciones.

El proyecto de Ley continuará ahora su tramitación en el Senado.


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