miércoles, 28 de septiembre de 2016

Absueltos los médicos del Madrid Arena - DiarioMedico.com

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AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Absueltos los médicos del Madrid Arena

La Audiencia de Madrid ha absuelto a los médicos Simón y Carlos Viñals acusados de un delito de homicidio por imprudencia grave profesional por el fallecimiento de varias jóvenes en la tragedia del pabellón Madrid Arena.
Diego Carrasco. Madrid   |  27/09/2016 13:36
 
 

La Audiencia Provincial de Madrid ha eximido de responsabilidad penal a los médicos Simón y Carlos Viñals, encargados del dispositivo sanitario que se instaló en la fiesta celebrada en el pabellón Madrid Arena, al considerar que "no está probado" que si dichos facultativos hubieran actuado correctamente podrían haber evitado que las jóvenes fallecieran, "dado el tiempo que las víctimas estuvieron atrapadas en el vomitorio y el que transcurrió hasta que pudieron ser rescatadas".
El fiscal solicitó para ambos facultativos año y medio de cárcel por un delito de homicidio por imprudencia grave profesional, pues le hacía responsables de dar por muertas a dos de las jóvenes cuando estaban en parada cardiorrespiratoria. Para el Ministerio Público, existió un "error de diagnóstico inadmisible e inexcusable". También tachó su actuación de "descuidada" y "negligente", indicando que la obligación del personal sanitario debe ser poner los medios necesarios y proporcionar a los pacientes todos los cuidados necesarios. Por tanto, el tratamiento fue pobre e insuficiente al estar en parada. Ambos incurrieron en una mala praxis médica, concluyó el fiscal durante el juicio.
Los magistrados, no obstante, consideran acreditada una negligente actuación de los médicos cuando las víctimas fueron llevadas al botiquín para que las asistieran, pero no les imputa el resultado final porque no está acreditado que una actuación sanitaria correcta hubiera evitado el óbito de las jóvenes.
La sentencia también subraya que fallecieron como consecuencia de las gravísimas lesionessufridas en la avalancha las otras dos jóvenes que no fueron llevadas al botiquín para ser atendidas por los facultativos.
El fallo no es firme porque puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.

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