QUEDA FUERA LA EUTANASIA Y EL SUICIDIO ASISTIDO
Asturias aprueba el proyecto de ley de derechos al final de la vida
El Gobierno de Asturias ha dado el visto bueno al proyecto de ley de derechos al final de la vida que pretende asegurar calidad asistencial a los pacientes. El texto no regula aspectos como la eutanasia o el suicidio asistido.
Covadonga Díaz. Oviedo | 31/01/2017 14:51
El Gobierno de Asturias ha dado luz verde al proyecto de Ley de derechos y garantías al final de la vida, con el que se pretende asegurar la calidad asistencial y el respeto a las personas en los últimos momentos de la vida. La normativa, que ya cuenta con el respaldo del Consejo de Gobierno, servirá como guía ante posibles conflictos legales y éticos relacionados con la autonomía del paciente para tomar decisiones sobre su enfermedad o incluso sobre su propia muerte. El texto deja fuera de la regulación cuestiones como la eutanasia o el suicidio asistido, cuyo abordaje, según deja claro el Principado, correspondería al ámbito estatal.
La norma se aplicará, en el ámbito de la comunidad autónoma, a las personas que se encuentren en el final de su vida o que afronten decisiones relacionadas con este proceso, ya sea en su domicilio o en un centro sanitario. También regirá sobre sus familiares y representantes y al personal implicado en su atención, así como a los servicios y establecimientos sanitarios y de servicios sociales y a las entidades aseguradoras. Asturias disponía desde el año 2007 de un decreto que regulaba las instrucciones previas en el ámbito sanitario, es decir, el conocido como testamento vital.
El proyecto, al que el Consejo de Gobierno ha dado el visto bueno y que debe ser tramitado en el Parlamento regional pretende garantizar la dignidad del paciente y defender su autonomía y voluntad, según ha explicado el Principado, lo que incluye las preferencias detalladas en su documento de instrucciones previas. El texto también regula los derechos y deberes de los profesionales del ámbito social y sanitario que les atiendan y vela por las garantías que deben proporcionar las instituciones en relación con este proceso.
Según la Consejería de Sanidad, el planteamiento de la ley ahora tramitada asume el consenso generado sobre los derechos del paciente en el proceso final de su vida, fuera del contexto de la tipificación penal vigente de la eutanasia o suicidio asistido. Estos aspectos quedan fuera de la regulación que establece el proyecto, dado que su abordaje, según ha matizado el Principado, correspondería al ámbito estatal.
La Consejería de Sanidad fundamenta la necesidad de regular esta etapa vital en el principio de consolidación del respeto a la dignidad como valor, con independencia de su grado de autonomía o de conciencia, y, por otro lado, en el principio de seguridad jurídica para los profesionales sanitarios, de manera que puedan conocer con certeza cómo proceder y actuar para dar pleno cumplimiento a los deseos de la persona.
La norma se estructura en cinco títulos, de los cuales el primero constituye el núcleo principal, al contemplar los derechos de las personas en el proceso final de la vida, incluyendo el derecho a recibir información asistencial, manifestar el consentimiento informado, otorgar instrucciones previas, gozar de acompañamiento, recibir cuidados paliativos integrales o tratamiento del dolor y administración de sedación paliativa.
De estos derechos se derivan una serie de deberes para los profesionales sanitarios, recogidos en el título segundo, que también desembocan en obligaciones para los centros e instituciones sanitarias y de servicios sociales en las que se presta asistencia, fijadas en el título tercero. El título cuarto establece una serie de infracciones y sanciones por incumplimiento de la norma.
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