viernes, 26 de octubre de 2018

Observatorio de Salud UBA: Se rechaza demanda por mala praxis por infección sufrida posteriormente a intervención quirúrgica de rodilla

Observatorio de Salud UBA: Se rechaza demanda por mala praxis por infección sufrida posteriormente a intervención quirúrgica de rodilla



Se rechaza demanda por mala praxis por infección sufrida posteriormente a intervención quirúrgica de rodilla



La Justicia de Azul rechazó una demanda por mala praxis interpuesta por una mujer que sufrió una infección luego de una intervención quirúrgica en la rodilla.

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En los autos "H. H. E. c/ Cemeda Sanatorio S.A. y otros s/ medida cautelar-daños y perjuicios", la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Azul rechazó una demanda por mala praxis interpuesta por una mujer que sufrió una infección luego de una intervención quirúrgica en la rodilla.

Los miembros del Tribunal no hicieron lugar al reclamo porque, "aún cuando se tuviera por cierta la existencia de un proceso infeccioso vinculado con la intervención quirúrgica practicada en la rodilla izquierda de la demandante, ello no demostraría que esa infección sea imputable a la negligencia, imprudencia o impericia del galeno interviniente". 
Los jueces resaltaron que el padecimiento denunciado por la mujer se inscribe dentro de los riesgos inherentes a toda intervención quirúrgica y no es una muestra de mala praxis de los médicos. 
"Al margen de los resultados insatisfactorios que arrojaron las intervenciones quirúrgicas practicadas por el galeno accionado, no se ha acreditado que ello haya obedecido a su culpa, en cualquiera de sus manifestaciones", señalaron los magistrados.

Los camaristas explicaron que de las pruebas reunidas, la concordancia que se advierte entre el relato y explicaciones oportunamente brindadas por el médico demandado al contestar demanda, y lo que surge de las opiniones concordantes brindadas por los peritos y el informe técnico obrante en autos, corresponde rechazar la demanda por mala praxis porque no se acreditó que la infección se deba a una negligencia.

"En los juicios en los que se imputa responsabilidad médica por mala praxis, la prueba debe versar sobre los actos u omisiones del médico que demuestren una actividad negligente o imprudente o falta de la pericia necesaria, pero no solamente sobre el resultado negativo del tratamiento pues aunque ese resultado no fuere el esperado no compromete responsabilidad alguna si aquella conducta considerada reprochable no está probada suficientemente", resaltaron.

Los jueces resaltaron que el padecimiento denunciado por la mujer se inscribe dentro de los riesgos inherentes a toda intervención quirúrgica y no es una muestra de mala praxis de los médicos.

Fuente: Diario Judicial - Fallo completo

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