lunes, 4 de junio de 2018

Osakidetza lanza campaña de vacunación tras una condena por omitir una vacuna - DiarioMedico.com

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SENTENCIA

Osakidetza lanza campaña de vacunación tras una condena por omitir una vacuna

El fallo, que es firme, reprocha no haber inmunizado contra el meningococo a un paciente sin bazo.
Soledad Valle. Madrid   |  05/06/2018 00:00



Parche vacunal

Parche con microagujas que administra la vacuna. (Georgia Tech)
El Servicio Vasco de Salud-Osakidetza lanzó hace dos semanas una campaña de vacunación de adultos recordando los colectivos de riesgo para cada agente patógeno. De esta campaña se hizo eco El Correo Vasco, que ofreció en su web un detallado recorrido por la oferta vacunal del este servicio autonómico.

Este recordatorio que los servicios sanitarios del País Vasco han hecho a sus ciudadanos ha coincidido en el tiempo con una dura condena judicial por dejar fuera del protocolo de vacunación contra el meningococo a un adulto sin bazo.
¿Casualidad o un acto intencionado? Diario Médico ha preguntado sobre esta circunstancia a los servicios de salud vascos, pero no ha obtenido respuesta.
  • Este tipo de resoluciones judiciales sirven en muchos casos como un acto de corrección de determinadas malas praxis"
Javier Arechabaleta Unzueta, abogado de la familia que ganó el juicio, reconoce su sorpresa y la de la su cliente al saber de esta campaña por los medios de comunicación y por lo que han visto en los centros de salud. Sin embargo, lejos del reproche, esta reacción del servicio de salud es valorada de manera positiva. El abogado hace hincapié en el hecho de que "este tipo de resoluciones judiciales sirven en muchos casos como un acto de corrección de determinadas malas praxis".



La sentencia ha sido dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vitoria y condena a los servicios de salud autonómicos a indemnizar con 181.000 euros a la viuda y a los dos hijos de un paciente que falleció de una una infección por meningococo. El fallo es firme.
Los hechos que se juzgan comenzaron cuando el paciente acudió a Urgencias y fue atendido con un protocolo de código infarto. Este primer diagnóstico debió de ser rectificado cuando vieron que en la analítica y en otras pruebas la parte coronaria estaba bien, mientras el paciente permanecía con fiebre. El enfermo falleció menos de 24 horas después de llegar al hospital. La causa de la muerte se debió a "un shock séptico refractario, con fracaso multiorgánico severo consecuente a una sepsis bacteriana causada por un estreptococos pneumoniae o neumococo".
El paciente había vivido sin bazo desde los seis años y hasta los 47, que es cuando fallece, acudió a los servicios sanitarios en numerosas ocasiones y, en ninguna de ellas, se le había ofrecido la citada vacuna, siendo un paciente con alto riesgo de morir por una infección por meningococo.
  • El paciente había vivido sin bazo desde los seis años y hasta los 47, que falleció"
El reproche de esta omisión de protocolo de vacunación para pacientes de riesgo se centra en la intervención a la que el fallecido se sometió seis meses antes. Fue operado para implantarle una prótesis de cadera. Entonces, no se le ofreció un consentimiento informado en el que se le detallara el elevado riesgo que tenía de infección por no tener bazo -un hecho que figura en su historia clínica- y, además, tampoco se le puso la citada vacuna. "Hay, y así lo afirma la perito de la parte demandante, una relación de causalidad entre el fallecimiento y una infección asociada a la asistencia sanitaria [la intervención de prótesis de cadera]", concluye el fallo.

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