Posted: 23 May 2020 08:00 AM PDT Partes: F. P. A. (en rep. de L. T. U.) s/ Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de San Martín Sala/Juzgado: II Fecha: 16-oct-2018 Cita: MJ-JU-M-115771-AR | MJJ115771 | MJJ115771 Sumario: 1.-Es improcedente la medida cautelar tendiente a que la obra social demandada cubra la provisión del servicio de traslados especiales y la cobertura de las necesidades terapéuticas de los días |
sábado, 23 de mayo de 2020
DERECHO Y SALUD: JURISPRUDENCIA: LA OBRA SOCIAL NO DEBE CUBRIR ACTIVIDADES RECREATIVAS DE UN MENOR CON DISCAPACIDAD
DERECHO Y SALUD: JURISPRUDENCIA: LA OBRA SOCIAL NO DEBE CUBRIR ACTIVIDADES RECREATIVAS DE UN MENOR CON DISCAPACIDAD
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