miércoles, 7 de noviembre de 2018

Dra. Marisa Aizenberg: Juez pide legislar sobre los embriones in vitro y el destino de los no implantados

Dra. Marisa Aizenberg: Juez pide legislar sobre los embriones in vitro y el destino de los no implantados



Posted: 06 Nov 2018 07:56 AM PST
Advierte que la actual legislación protege más a los fetos concebidos fuera del útero que a “un ser humano” gestado en forma natural. El amparo pedía cobertura del diagnóstico preimplantatorio.

Qué “derechos” tienen hoy los embriones congelados? ¿Qué se hará en el futuro con los embriones que ya se sabe que no serán implantados porque cargan con una patología? Son algunos de los interrogantes que plantea una resolución que firmó el juez federal Alejandro Sánchez Freytes, el martes último. Al decidir sobre un amparo de salud, el magistrado rechazó el pedido que hizo una mujer para que la empresa de medicina prepaga, Osde, cubriera un diagnóstico al futuro embrión que intenta gestar in vitro, antes de que sea implantado en su útero.

Pero el juez no se quedó ahí. Exhortó al Congreso de la Nación a que “en el próximo período de sesiones ordinarias 2019, debata y resuelva con el dictado de una ley, la naturaleza jurídica del embrión in vitro y el destino final del embrión no implantado”. Además, libró un oficio a la ministra de Salud y Desarrollo Social, Carolina Stanley, para que “brinde toda la información disponible para facilitar el debate en el Congreso de la Nación.

Con su decisión, Sánchez Freytes admitió que existe una laguna legal en la materia, razón por la que es necesaria la sanción de normas que regule el destino de los embriones.

El caso llegó a la Justicia Federal por el pedido de una paciente que tiene la mutación del gen de distrofina. Las mujeres pueden ser portadoras, pero la desarrollan los hombres. En efecto, sus dos hermanos varones padecen distrofia muscular de Duchenne. Con estadios en diferentes grados, a medida que avanza la enfermedad afecta gravemente la calidad de vida hasta imposibilitarles los movimientos de sus músculos en forma total. Se trata de una patología hereditaria, crónica, progresiva y mortal.

Cuando ella decidió ser madre, su médico le aconsejó gestar al hijo in vitro para posibilitar un diagnóstico genético preimplantacional (PGD). Osde le informó que cubre todo el procedimiento, pero rechazó pagar el PGD.

Así, queda latente un dilema: ¿Qué sucedería con el embrión si es de sexo masculino, por la altísima probabilidad de que al nacer tendrá la misma enfermedad degenerativa de sus tíos? El objetivo del diagnóstico es precisamente ese, determinar si es varón y si heredó la patología.

En ese supuesto, no sería implantado y la otra pregunta que se abre es qué sucederá luego con ese embrión. De hecho, en el trámite del amparo la prepaga argumentó que el estudio no cuenta con aprobación de la autoridad de aplicación “encontrándose involucradas cuestiones bioéticas de transcendencia por la selección de embriones y destino de los no implantados ante la falta de previsión legal al respecto”.

El fallo fue apelado el jueves pasado por el abogado de la mujer y ahora resolverá la Cámara Federal.

Cuestiones bioéticas y aborto

Si bien el juez Alejandro Sánchez Freytes no se refirió específicamente a la problemática del aborto, dejó planteadas algunas dudas. “Cabe una reflexión final: en caso que la actora llegara a quedar embarazada por vía natural y ante el anoticiamiento que ha concebido en su seno a un niño de sexo masculino (…) podría llegar a sufrir durante el proceso de embarazo una afectación en su salud psíquica que la puede colocar en la decisión de abortar en el marco del llamado aborto terapéutico”, advirtió.

“Mientras el DGP (…) no está autorizado, la legislación penal de nuestro país permite el aborto terapéutico y eugenésico, lo que revela que se protege más a un embrión in vitro que a un ser humano ya concebido y alojado en el seno materno en pleno proceso de gestación”.

Finalmente consideró que son cuestiones que deben ser normadas por el Poder Legislativo por las implicancias éticas que poseen, y en las que la Justicia no puede arrogarse la facultad de tomar posturas definitivas porque si lo hace estaría avanzando en funciones que la Constitución Nacional no le confirió.

Fuente: Perfil

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