miércoles, 22 de enero de 2014

El riesgo de extravasación en el 'port-a-cath' debe estar en el CI - DiarioMedico.com

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SE CONDENA A INDEMNIZAR CON 6000 EUROS A LA PACIENTE

El riesgo de extravasación en el 'port-a-cath' debe estar en el CI

La mala praxis y la falta de consentimiento informado (CI) de los riesgos sobre la colocación y uso del port-a-cath produjeron en una paciente quemaduras de tercer grado.
S. Valle. Madrid   |  21/01/2014 00:00

La colocación de un reservorio subcutáneo venoso (port-a-cath) para la aplicación de un tercer ciclo de quimioterapia a una paciente le produjo quemaduras de tercer grado, por las que reclamó en vía civil a la aseguradora de la Administración. El Juzgado de Primera Instancia de Cádiz ha condenado a la compañía a indemnizar con 6.000 euros a la paciente, que al haber fallecido durante el proceso judicial, ha sido sustituida como demandante por su madre y heredera.
Liposarcoma 
Los hechos ocurrieron durante una recaída de la paciente en el tratamiento contra el liposarcoma que sufría. La progresión de la enfermedad determinó la decisión médica de colocarle un reservorio subcutáneo (port-a-cath), para continuar el tratamiento de quimioterapia con trabectidina. Se instaló el sistema y poco después comenzó a observarse signos de extravasación.
En la demanda presentada por José Luis Ortiz Miranda, abogado de la paciente, se reclamaba por una mala praxis y la falta de consentimiento informado (CI) de los riesgo sobre la colocación y uso del port-a-cath.
El juez desestima el primer motivo, pues no hay ningún dato "en la historia clínica de la paciente que permita concluir que la punción practicada para la aplicación [del nuevo sistena] fuera incorrecta o defectuosa".
Además, la extravasación es un riesgo inherente al port-a-cath, así que el juez razona que "no puede descartarse que la complicación se produjera aunque no hubiera existido una mala técnica de punción".
La condena se centra en la falta de consentimiento informado (CI) en la asunción de los riesgos tanto de la colocación del reservorio como de su uso. El juez no encuentra duda de la obligación que, en este caso, tiene el médico de recabar el CI del paciente y que, además, éste debe de ser por escrito.
Refuerza esta idea el informe emitido por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, admitiendo la extravasación como un riesgo típico tanto de la intervención para la colocación del port-a-cath como de su uso.
Técnica indicada
Sin embargo, el juez modula la cuantía indemnizatoria por pérdida de oportunidad al dar por probado que la intervención estaba indicada, "ya que con la intervención se aminoraban las molestias y el dolor". El fallo de instancia, que admite recurso de apelación, no hace condena expresa sobre las costas.

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