lunes, 13 de enero de 2014

Un anteproyecto "claramente mejorable" - DiarioMedico.com

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REFORMA DE LA LEY DEL ABORTO

Un anteproyecto "claramente mejorable"

El texto está siendo estudiando por Ginecología, Psiquiatría y Atención Primaria. En una primera valoración afirman que la propuesta del Ministerio de Justicia es ajena al trabajo diario del facultativo.
Soledad Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  13/01/2014 00:00
El anteproyecto de Ley Orgánica para la Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada, un texto guardado bajo siete llaves hasta su presentación el pasado 20 de diciembre en el Consejo de Ministros, está siendo revisado de arriba abajo por las sociedades médicas más afectadas.
La Organización Médica Colegial (OMC) convocó una junta extraordinaria el pasado viernes con un único punto en el orden del día: la reforma legal. La postura oficial del órgano que representa a la profesión no se conocerá hasta el próximo mes, cuando se celebre la Asamblea General y en ella se revise el texto elaborado por la Comisión Deontológica, según fuentes de la OMC.
Sin embargo, hay miembros de la junta directiva que han expresado su opinión. Marcos Gómez Sancho, presidente de la Comisión Central de Deontología, afirmó a Diario Médico que "esto supone un retroceso importante y hay que valorarlo punto por punto". En el mismo sentido se expresó Juan José Rodríguez Sendín, el pasado diciembre, refiriéndose a que el proyecto legislativo nos retrotraía "28 años".
Ginecólogos 
La Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) ha reaccionado con más rapidez. La junta de la SEGO convocó una reunión nada más conocerse el texto donde se decidió enviar una carta al ministro de Justicia y a la ministra de Sanidad expresándoles su disgusto por no haber sido consultados. "Nos hemos sentido ofendidos porque nadie nos ha tenido en cuenta para elaborar el texto", apunta José María Lailla, presidente de la sociedad médica, que reconoce que el anteproyecto es "claramente mejorable".
El representante de los ginecólogos sostiene que el anteproyecto ignora el protocolo de la SEGO sobre la atención a las mujeres violadas que está funcionando en los hospitales de toda España. "La mujer violada que denuncia en la comisaría es remitida al hospital, donde los facultativos ponen en marcha el protocolo que, entre otros pasos, incluye el de evitar el embarazo y valorar el contagio de enfermedades de transmisión sexual".
Según el facultativo, este proceso deja sin sentido lo que recoge el texto en relación con el tiempo de reflexión y de información por el que debe pasar la mujer antes de ser intervenida. "Encuentro el anteproyecto muy poco documentando en relación con el trabajo del médico".
Lailla echa en falta "referencias a la labor de prevención y educación sexual que sí recoge la norma actual", y dice que "se cuestiona el valor del diagnóstico prenatal, como si la función exclusiva de esta técnica fuera liquidar al feto, ignorando su utilidad para adecuar la actuación obstétrica a la presentación del niño en el parto y aplicar terapia fetal".
El anteproyecto legislativo "deja muchas cosas en el aire", que "necesitan concretarse de manera más científica y acorde con la realidad actual". Señala la dificultad que plantea la norma al solicitar un informe de viabilidad fetal en casos de malformaciones, cuando "la valoración sobre las repercusiones funcionales de las malformaciones se mueve en un campo del subjetivismo importante".
Por otro lado, en relación con la objeción de conciencia del profesional sanitario, no encuentra ningún problema, ni en el anteproyecto, ni en la práctica actual. "Es un derecho que tiene el médico y que es de actuación, y no de información", y añade que "ninguna paciente puede quedar sin ser atendida por una objeción".
Sobre el otro de los supuestos de despenalización del aborto, además del de violación, que es del grave daño psicológico para la madre, afirma: "He tenido que informar muchas veces a parejas sobre malformaciones y el shock psíquico se produce en todos los casos".
Psiquiatras
La reforma introduce la exigencia de contar con dos informes psiquiátricos, en lugar de uno, como recogía la ley de 1985, para abortar por grave daño psicológico. Este cambio da un peso relevante a los especialistas en la decisión de considerar legal o no interrumpir el embarazo. Miguel Gutiérrez, presidente de la Sociedad Española de Psiquiatría (SEP), en declaraciones a El País, en diciembre, tras conocer el anteproyecto, lamentó la "eventual instrumentalización de la psiquiatría". Después de esta afirmación, realizada a título particular, Gutiérrez ha decidido mantener silencio hasta que la sociedad que preside concluya el estudio del texto. Fuentes de la SEP han señalado Diario Médico que la reforma "otorga al psiquiatra un papel muy controvertido".
Alfonso Sanz Cid, miembro de la junta directiva de la Asociación Española de Psiquiatría Privada (Asepp), ha recogido la opinión de sus colegas en la junta, donde reconoce que hay diversidad de criterios, pues "estamos frente a una ley de creencias con la que unos compañeros estarán en cocordancia y otros en desacuerdo, y a la Asepp le corresponde respetar a todos".
Partiendo de esa premisa, Sanz Cid se muestra prudente al expresar la opinión de su colectivo. "Los psiquiatras facilitamos la información adecuada y necesaria al paciente, para que éste pueda decidir libremente sobre la atención que se le presta, es decir, siempre será la paciente quien decida". 
Sanz reconoce tener dudas sobre la posibilidad de cumplir con la exigencia de los dos informes psiquiátricos, "esto dilataría el tiempo y, en el caso de que los criterios de los psiquiatras fueran distintos, ¿habría que pedir un tercer informe? Si es así, se podría superar el límite legal de las 22 semanas para abortar...".
Atención Primaria
En el primer nivel asistencial también hay dudas. Josep Basora, presidente de la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (Semfyc), afirma que la reforma pone al profesional médico "en un dilema al situarlo entre el paciente y la Administración, otorgándole un papel de perito, que desborda su labor profesional".
Añade que "un médico siempre es garante de lo que ve", preguntándose sobre el sentido de recabar dos informes distintos. El grupo de Bioética de Semfyc está preparando un texto en el que analizan con detalle el anteproyecto normativo.
En relación con la objeción, Basora dice que, en la actualidad, el conflicto para objetar en el primer nivel asistencial está solucionado.

Anteproyecto de ley para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la embarazada

La reforma legislativa se presentó en el Consejo de Ministros del 20 de diciembre, donde tiene que regresar como proyecto, después de recibir los informes de varios órganos consultivos y de las comunidades autónomas. El texto recoge la sentencia del Tribunal Constitucional de 1985, sobre la protección al nasciturus y vuelve a un sistema de indicaciones, eliminando el sistema de plazos actual, basado en un derecho al aborto.
Título II: "Se exige la acreditación de la situación de conflicto [...] con un informe motivado y emitido con anterioridad, por dos médicos de la especialidad correspondiente a la patología que genera el grave peligro para la vida o salud de la mujer, distintos de aquél que practique la interrupción voluntaria del embarazo o bajo cuya dirección ésta tenga lugar, y que no desarrollen su actividad profesional en el centro o establecimiento en el que se lleve a cabo. [...] Será suficiente que el informe sea realizado por un solo médico si el peligro para la salud psíquica de la mujer tiene un origen en la concurrencia en el embrión de una malformación fetal incompatible con la vida [...] debiendo acreditarse la misma con otro informe emitido por un médico especialista en la materia".
Modifica la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, añadiendo un artítulo 4 bis. "Los profesionales sanitarios, por cuenta propia o ajena, tienen el derecho a ejercer la objeción de conciencia para inhibirse de cualquier participación o colaboración en la interrupción voluntaria del embarazo en los supuestos despenalizados". "El rechazo o la negativa a participar o colaborar en la interrupción voluntaria de un embarazo, es una decisión individual del profesional sanitario, que debe manifestarse anticipadamente y por escrito. Dentro de la semana siguiente a comenzar la prestación de su servicio en un centro [...] el profesional sanitario deberá comunicar, por escrito, al director del centro, si ejerce su derecho de objeción".

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