El amparo fue presentada por la asociación civil AJUS La Plata, y fundamenta su pedido alegando que se "habría interrumpido la entrega de vacunas contra la bacteria del meningococo"
El Juzgado Federal N°4 de La Plata, a cargo del juez Alberto Recondo, aceptó tratar un amparo colectivo presentado ante el Gobierno -en concreto, la secretaría de Salud de la Nación- por no garantizar el suministro gratuito de vacunas contra la meningitis.
La dependencia, que se encuentra bajo la órbita del ministerio de Desarrollo Social y lidera Adolfo Rubinstein, pospuso por tiempo indeterminado la dosis de los 11 años a causa de dificultades en la adquisición y entrega de la vacuna. La decisión, indicaron, es "priorizar a los grupos más vulnerables de 3, 5 y 15 meses de vida hasta contar con la disponibilidad necesaria".
No obstante, esto se traduce en 750 mil niños que debían recibir la vacuna este año y no lo harán, al menos hasta nuevo aviso.
La presentación fue realizada por la asociación civil Abogados por la Justicia Social (AJUS) de la capital bonaerense, junto con una persona cuya identidad fue mantenida en reserva y acudió en representación de su hija menor.
"Se solicita expresamente que se ordene cesar con la omisión cercenadora de derechos y garantías constitucionales del conjunto de la sociedad a través del cumplimiento del artículo 6 de la Ley 27.491 (Ley de Vacunas) en cuanto se habría interrumpido la entrega de vacunas para niños de todas las edades contra la bacteria del meningococo", se detalla en la demanda.
Ante la decisión de juez Recondo de aceptar el reclamo, la secretaría de Salud tendrá cinco días contados a partir de su notificación para responder al amparo. Al ser esta una figura legal destinada a resolver asuntos considerados urgentes, los tiempos legales son más cortos que los de un proceso común.
El amparo tiene la característica de ser un proceso de incidencia colectiva. Esto implica que implica que al haber un hecho único -el faltante- que causa una lesión homogénea a los derechos individuales de un grupo relevante de personas, el fallo no solo abarca a los demandantes, sino a todo el universo de afectados.
La suspensión ya había suscitado críticas por parte de organismos de la comunidad de la salud. La Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) emitió un comunicado en el que expresó su "preocupación ante la decisión", algo que también hicieron la la Sociedad Argentina de Vacunología y Epidemología (Save), la Sociedad Argentina de Infectología (Sadi) y la Fundación Huésped.
Angela Gentile, jefa del Departamento de Epidemiología del Hospital Gutiérrez, dijo a Infobae que "Hubo varias razones que dificultaron la entrada de vacunas y frente a la disminución del número de dosis, se decidió priorizar a aquellos grupos en los que más casos se presentan, que es fundamentalmente en menores de dos años".
"El 75% de los casos del país son en menores de siete meses -detalló-. La prioridad fue mantener el esquema básico porque prácticamente no tenemos casos en adolescentes, el adolescente está colonizado, esa dosis se agregó porque se quiso reforzar y ayudar un poco más a los más chiquitos, ya que al bajar la colonización lo que hace es que la bacteria circule menos", agregó.
La vacuna tetravalente (ACYW) conjugada contra meningococo fue incorporada al Calendario Nacional de Vacunación por Resolución Ministerial número 10/2015 e implementada a partir de enero de 2017. El esquema de vacunación comprende dos dosis (3 y 5 meses de vida) y un refuerzo (15 meses de vida) en lactantes; y una dosis única a los 11 años.
La enfermedad invasiva por meningococo en la Argentina es de baja incidencia (menos de 200 casos anuales) y se da en forma endémica, con brotes esporádicos. Los casos se presentan habitualmente en menores de dos años de edad, especialmente en los menores de un año.
Fuente: Infobae
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