Fue luego de que al cliente le emitieran un factura con un ajuste adicional al haber superado los 60 años. "No es razonable cargar los costos sobre los usuarios mayores en la etapa que dejan de ser productivos, cuando en su juventud contribuyeron a conformar capital para la empresa", dijo el juez.
La Justicia rosarina hizo lugar a una demanda contra la empresa de medicina prepaga Swiss Medical y le ordenó no aplicar el aumento en la cuota mensual que cobra a un afiliado. Además, la compañía deberá pagarle entre capital e intereses unos dos millones de pesos “por daños material, no patrimonial y punitivo”.
El afiliado tuvo un plan corporativo durante 21 años a través de la empresa donde trabajaba. Pero a causa de la desvinculación laboral -en abril del 2015- solicitó la continuidad en la afiliación.
Meses después le emitieron una factura con un aumento por un adicional al haber superado los 60 años. Fue allí que el damnificado recurrió a la justicia.
En la resolución que se dio en las últimas horas, el juez en lo Civil y Comercial Marcelo Quaglia afirmó que “la ley de Medicina Prepaga dispone que el usuario adherido por contratación corporativa que cesó su relación laboral tiene derecho a la continuidad con su antigüedad reconocida en algunos de los planes”.
“Si la diferencia de precios no es establecida al momento de la contratación no se puede imponer posteriormente”, agregó el magistrado en su fallo, según informó el portal Tiempo de Justicia.
Quaglia también destacó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya resolvió en sentencias anteriores que “los entes de medicina prepaga adquieren un relevante compromiso social con los usuarios que deben trascender las cuestiones mercantiles derivadas de su constitución como empresas y su afán de lucro”.
“La persona que se mantiene en el sistema durante años y envejece con él, muta de la etapa en que siendo más joven hace poco uso de las prestaciones a la etapa en que requiere servicios con mayor frecuencia”, añadió el juez en su escrito.
Y agregó que “no es razonable cargar los costos sobre los usuarios de más edad en la etapa que dejan de ser productivos y menguan sus ingresos, cuando en su juventud contribuyeron a conformar capital para la empresa de medicina prepaga”.
Para el juez la inconducta de Swiss Medical generó en el afiliado “sinsabores, angustia y frustraciones”. En el fallo el magistrado resolvió que por “el daño punitivo” la prepaga deberá abonar ahora 150.000 pesos más intereses al afiliado. “Mientras tanto, 350.000 pesos más intereses serán depositados en una cuenta judicial para luego ser destinados a una entidad defensora de los consumidores”, dispuso, además, Quaglia.
Fuente: El Ciudadano
No hay comentarios:
Publicar un comentario