lunes, 13 de enero de 2014

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El Ministerio desestima el recurso de alzada que interpuso Gaspar Llamazares para impugnar el copago farmacéutico hospitalario

Madrid (14/01/2014) - Redacción

• IU denuncia que Sanidad "sostiene que no omitió el trámite de consultas con las sociedades científicas y asociaciones, que también habló lo necesario con las CCAA y recurre a una argucia técnica para justificar que no hiciera un 'informe previo de impacto en salud' que iba a tener esta medida"

• Llamazares afirma que "con el paso del tiempo se está viendo que la medida no cumple con los 'positivos efectos' que dijo el Gobierno que tendría, salvo el de dificultar el acceso a los medicamentos a cientos de miles de personas con poco poder adquisitivo"

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha decidido desestimar el recurso de alzada que interpuso el pasado mes de octubre Gaspar Llamazares, en calidad de diputado de IU y portavoz en la Comisión de Sanidad del Congreso, en contra del denominado 'repago' farmacéutico hospitalario. Así el departamento que dirige Ana Mato rechaza, a través de la Secretaría General de Sanidad y Consumo y a propuesta de la Secretaría General Técnica de este Ministerio, las alegaciones planteadas por Llamazares contra la Resolución de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, de fecha 10 de septiembre, que modificó las condiciones de financiación de medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del SNS mediante la asignación de aportación del usuario, se ha destacado desde Izquierda Unida.
De esta forma, explica IU, Ana Mato tumba uno por uno todos los razonamientos expuestos por el parlamentario en contra de esta polémica medida, que cuenta con un amplio rechazo social y político, y cuyos efectos "con el paso del tiempo se está viendo que no cumple con los 'positivos efectos' que dijo el Gobierno que tendría, salvo el de dificultar el acceso a los medicamentos a cientos de miles de personas con poco poder adquisitivo", tal y como señala Llamazares.
El portavoz sanitario de IU alegó para pedir la retirada de este 'repago', entre otras cuestiones, que apenas se dispuso de doce días para su implantación, que la medida fue rechaza por las comunidades autónomas denotando "una clara falta de participación y aprobación de las mismas en los ámbitos de cooperación institucional".
Además, Gaspar Llamazares incluyó en su recurso de impugnación las evidencias conocidas de que "no se había cumplido el preceptivo trámite de consulta con las sociedades científicas y asociaciones de pacientes afectados" y el flagrante incumplimiento de la Ley General de Salud Pública.
'Argucia' técnica
Para rechazar este último punto de incumplimiento de la legalidad denunciado por Llamazares, el departamento de Ana Mato recurre, señala IU, "a una argucia técnica y señala el artículo 35.1 de la propia Ley General de Salud Pública para justificar que 'conforme con lo dispuesto no puede considerarse preceptivo el informe previo de impacto en salud en el caso de la Resolución de 10 de septiembre de 2013 (...) por cuanto se trata de un acto administrativo de carácter colectivo y no había sido seleccionada por la Administración Pública, conforme establece la citada ley'".
En la desestimación del recurso enviada a Llamazares, los responsables de Sanidad señalan que 'las CCAA han tenido conocimiento y han participado dando su opinión al respecto en el marco de la Comisión Permanente de Farmacia y emitieron su informe en el que manifestaban su punto de vista".
Eso sí, "dada la opinión en contra en buena parte de los responsables autonómicos a esta medida desde Sanidad se señala ahora sobre esos 'puntos de vista' de los gobiernos autonómicos que es una 'opinión que en todo caso se tendrá en cuenta en lo relativo a la necesidad de regular con el rango de reglamento que corresponda, todo lo relativo al sistema de aportación por parte de los usuarios en la prestación farmacéutica ambulatoria'".
Para IU, "tratando de evitar cualquier género de dudas", el departamento de Mato se arroga la competencia exclusiva y, para ello, completa las explicaciones anteriores e indica que 'no obstante, corresponde a la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia, conforme a lo establecido en la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios y demás disposiciones de aplicación, resolver sobre la financiación de los medicamentos y productos sanitarios por el SNS y fijar las condiciones de financiación'.
"Desde el Ministerio se dan también por satisfechos sobre el trámite de consulta que efectuaron y, así, vuelven a utilizar el argumento de que 'la resolución recurrida es un acto administrativo y no un desarrollo reglamentario de un precepto legal', por lo que consideran suficiente que 'en cualquier caso, el proyecto estuvo publicado en la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad lo que permitió su conocimiento y la posibilidad de presentar alegaciones por parte de cualquier interesado'", concluye el comunicado de IU.

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