viernes, 24 de enero de 2014

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La Eurocámara ratifica la norma que amplía las advertencias sanitarias en paquetes de cigarrillos

24/01/2014 - E.P.

La norma prohíbe los cigarrillos de sabores, aplaza a 2020 el veto a los mentolados y regula los cigarrillos electrónicos

La Comisión de Salud Pública de la Eurocámara ha aprobado por 47 votos a favor, 7 en contra y cuatro abstenciones la nueva directiva de productos del tabaco, que obligará a aumentar el tamaño de las advertencias sobre los riesgos de fumar (que deberán combinar texto e imágenes) hasta cubrir el 65 por ciento de la superficie frontal y posterior de los paquetes de cigarrillos, en lugar del 40 por ciento en la actualidad.
La norma, que ya fue pactada en diciembre entre los Gobiernos y el Parlamento Europeo, todavía debe ser ratificada en el pleno que se celebrará entre el 10 y el 13 de marzo en Estrasburgo. A partir de entonces, los Estados miembros tendrán dos años para incorporarla a sus respectivas legislaciones nacionales.
Las nuevas advertencias sanitarias deberán colocarse en la parte de arriba de los paquetes, lo que relega la marca a la parte inferior. El acuerdo entre la Eurocámara y los Gobiernos diluye la propuesta original de la Comisión Europea, que pedía ampliar las advertencias sanitarias hasta el 75 por ciento de la superficie de las cajetillas.
La directiva prohíbe también los cigarrillos con sabores, como fresa o vainilla, así como los mentolados. Pero suaviza la medida autorizando un periodo transitorio total de seis años para los mentolados, que así no desaparecerán del mercado hasta el año 2020. El objetivo es hacer que los productos del tabaco resulten menos atractivos, en particular para los jóvenes.
El acuerdo final descarta no obstante prohibir los cigarrillos ultrafinos (de menos de 7,5 milímetros de diámetro) como proponía Bruselas, aunque sí veta los paquetes con menos de 20 cigarrillos.
La norma establece que los cigarrillos electrónicos continuarán estando disponibles en el mercado y no se verán restringidos a las farmacias. En todo caso, deberán ser regulados ya sea como productos médicos, si se alega que tienen propiedades curativas o preventivas, o como productos de tabaco. En este caso, no deberán contener una concentración de nicotina de más de 20 mg/ml.
Se permiten los cartuchos rellenables, aunque la Comisión podrá prohibirlos si los vetan al menos tres Estados miembros. Un cartucho deberá contener el equivalente en nicotina a un paquete de cigarrillos. Los cigarrillos electrónicos tendrán que ser a prueba de niños, deberán llevar advertencias sanitarias y estarán sometidos a las mismas restricciones en materia de publicidad que el resto de productos del tabaco.
Los Estados miembros podrán prohibir la venta a distancia transfronteriza a través de Internet de productos de tabaco. En aquellos países donde no esté prohibida, los vendedores deberán seguir reglas de notificación más estrictas y utilizar un sistema de verificación de edad.
Fumar continúa siendo la principal causa de muerte evitable en la UE, con 700.000 muertes cada año. En la pasada década el número de fumadores se redujo desde casi el 40 por ciento en la UE-15 en 2002 al 28 por ciento en la UE-27 en 2012. El 70 por ciento de los fumadores comienzan antes de los 18 años.
En España, más de 50.000 personas fallecen cada año a causa del tabaquismo (en torno al 30 por ciento por cáncer de pulmón). El tratamiento de enfermedades relacionadas con el consumo del tabaco cuesta cerca de 15.000 millones de euros anuales a la sanidad española.

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