miércoles, 16 de diciembre de 2015

El parto exige consentimiento informado - DiarioMedico.com

El parto exige consentimiento informado - DiarioMedico.com



JUZGADO DE SANTIAGO

El parto exige consentimiento informado

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Santiago de Compostela ha condenado al Sergas por falta de información en un parto, donde la paciente sufrió una lesión del nervio pudendo.
Soledad Valle.Madrid   |  16/12/2015 13:30
 
 

"El parto es una incidencia sanitaria singular, pero se debe de informar a la paciente de los riesgos y complicaciones que pueden ocurrir [...] por lo que se debe de exigir el consentimiento informado".
Así lo ha sentenciado el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Santiago de Compostela en un fallo que reconoce la responsabilidad del Servicio Gallego de Salud (Sergas) en la situación de incapacidad que sufre una mujer desde que dio a luz, mediante un parto instrumentalizado.
La demandante, defendida por el abogado Cipriano Castreje, colaborador de la asociación El Defensor del Paciente, reclamó al Sergas porque durante las maniobras del parto le lesionaron el nervio pudendo (que se encuentra en la región pélvica). Esta lesión derivó en una incapacidad, en la necesidad de volver a ser intervenida y en una grave depresión, de la que tuvo que ser tratada.
Durante el juicio, los abogados de la Administración niegan la relación de causalidad entre la lesión que sufre la demandante y la atención al parto, pero admiten que no existe documentación sanitaria para demostrar esta negativa, omisión de documentación que es achacable al Sergas. Sin embargo, en la sentencia, el juez no hace un especial reproche a la praxis médica, ni admite el argumento del daño desproporcionado, pues señala que la lesión por la que se reclama es "una complicación posible y que puede ocurrir como un riesgo previsible".
La condena se centra en la falta de consentimiento informado. El juez, en contra del criterio del perito judicial y de dos jefes de servicio del Sergas, que declararon en el juicio, sentencia que no queda demostrado que se haya cumplido con la "exigencia" del consentimiento informado.
Afirma que "el hecho de que el parto sea un mecanismo fisiológico, que no puede detenerse ni aplazarse, o que la paciente siga las recomendaciones de su ginecólogo, no constituye argumento suficiente" para justificar la omisión del consentimiento informado. Puntualiza que "la información puede ser de forma verbal, pero la carga de la prueba de que la paciente fue informada de las posibles incidencias, riesgos y complicaciones, no corresponde a la paciente yla Administración no ha aportado tal prueba".
La sentencia condena por daño moral sin fijar la cuantía. El fallo es firme en cuanto a su resolución y sólo admite recurso de la parte que ha ganado, es decir, del abogado Castreje, para fijar la cuantía

No hay comentarios: