Ocho meses de prisión por amenazar de muerte a un médico - DiarioMedico.com
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA
Ocho meses de prisión por amenazar de muerte a un médico
La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a una mujer a la pena de ocho meses de prisión y le ha prohibido aproximarse a una distancia inferior a los 300 metros durante un tiempo de un año y ocho meses por cometer un delito de amenazas contra un médico de Familia. La condenada profirió expresiones como "matar, cortar el cuello y rajar".
D. Carrasco. Madrid | 15/12/2015 16:24
La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a una mujer a ocho meses de cárcel poramenazar de muerte a un médico de Familia. La sentencia considera que las expresiones de la condenada como "te tengo que matar" o "cortar el cuello" o "rajar" tienen la suficiente entidad como para "menoscabar la paz del perjudicado". El tribunal considera que se trata de un delito de amenazas que, además, lleva aparejada la pena accesoria de no aproximarse al centro de salud a una distancia inferior a los 300 metros durante un año y ocho meses.
Según los hechos declarados probados, la mujer acudió al centro de salud dependiente del Servicio Andaluz de Salud con ánimo de perturbar la paz y sosiego del médico de Familia que allí trabajaba y que también atendía a la localidad de donde era natural la condenada. En presencia de compañeros de trabajo del facultativo así como de otras personas usuarias del centro comenzó a gritar que "tenía que matar, cortaría el cuello o rajaría" al médico si acudía al centro de salud de su pueblo. Con esa actuación la condenada causó un gran temor al facultativo amenazado por la posibilidad de que las llevara a cabo.
El Ministerio Fiscal consideró que la actuación podía ser tipificada como un delito de atentadoporque, desde un punto de vista penal, la prestación de los servicios sanitarios públicos tiene carácter de función pública. Además, los médicos son funcionarios públicos a efectos penales, motivo por el que pueden ser sujetos pasivos del delito de atentado.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Málaga, que confirma el fallo de un juzgado Penal de la capital, califica la acción de la mujer como un delito de amenazas y no como un delito de atentado. La sentencia explica que la acusada "profirió las expresiones con las que pretendía atemorizar al médico en el exterior del centro de salud" donde prestaba sus servicios. El tribunal, que acoge los razonamientos de Antonio Moya Villarejo, abogado del Colegio de Médicos de Málaga, señala que dichas expresiones son constitutivas de "intimidación grave" considerando el contexto en el que fueron proferidas. El fallo es firme y sólo puede interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Supremo.
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