lunes, 21 de noviembre de 2011

La información verbal debe ser probada por la Administración - DiarioMedico.com

CONDENA POR NO COMUNICAR LOS RIESGOS

La información verbal debe ser probada por la Administración

Si la Administración sostiene que la información que se dio fue de carácter verbal, le corresponde probar que existió. Así lo ha recordado en una sentencia de un juzgado contencioso de Toledo.
Redacción   |  21/11/2011 00:00

Cuando se demanda a la Administración por una supuesta responsabilidad sanitaria es el reclamante el que debe probar la relación de causalidad entre el daño alegado y la actuación sanitaria. Ahora bien, hay determinados supuestos en los que la dificultad probatoria invierte la carga de la prueba, correspondiendo a la Administración demostrar lo que alega.

Así lo ha recordado en una sentencia el Juzgado Contencioso número 1 de Toledo, que ha condenado a la Administración por un defecto en la información suministrada a una paciente. La entidad gestora alegaba que aunque los riesgos de la intervención quirúrgica por la lesión del tobillo no constaban en el documento de consentimiento informado, sí fueron comunicados a la paciente, aunque de forma verbal.

El juez afirma que la Administración no ha demostrado que esa información verbal tuvo lugar, y a ella le correspondía demostrarlo, tal y como viene estableciendo la jurisprudencia: "No es exigible a la parte recurrente la justificación de no haberse producido la información, dado el carácter negativo de este hecho cuya prueba supondría para ella una gran dificultad".

Mala praxis probada
Además, el fallo, que admite las alegaciones de Álvaro Sardinero, abogado de la asociación El Defensor del Paciente, también aprecia la existencia de una mala praxis en la intervención quirúrgica. Así lo demuestran no
sólo los informes periciales aportados por la paciente sino también los expedientes administrativos.

En efecto, ninguno de los dictámenes administrativos descarta que el daño que se produjo tuviera un origen distinto al acto médico.Además, el informe del médico inspector no explica "el posible origen de la lesión nerviosa, limitándose a señalar que la evolución tras la intervención siguió un camino complicado y tórpido".
En consecuencia, la resolución judicial concede a la paciente una indemnización de 59.335,79 euros por los daños causados.
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