La Unión Europea cierra el dictamen motivado contra el modelo español de farmacia
Madrid (26-28/11/2011) - Redacción
El Consejo General de Colegios Oficiales Farmacéuticos valora positivamente esta decisión
El Colegio de Comisarios de la Unión Europea ha aprobado el cierre definitivo del Dictamen Motivado contra la normativa española en materia farmacéutica, tras considerar que la legislación sobre la propiedad y titularidad de la farmacia y la existencia de criterios demográficos en la planificación farmacéutica son "compatibles con el derecho de la Unión Europea".
Así ha informado el Consejo General de Colegios Oficiales Farmacéuticos tras conocer la decisión de este organismo europeo, amparándose en la jurisprudencia ya publicada por el Tribunal de Justicia de Luxemburgo. Los farmacéuticos españoles han valorado positivamente esta decisión y consideran que es "fruto del intenso trabajo y de las gestiones realizadas siempre en coordinación y con el apoyo del Gobierno de España".
En concreto, las principales sentencias que han propiciado el cierre del dictamen motivado son las sentencias del Tribunal de Justicia Europeo correspondientes al caso italiano C-531/06, a las cuestiones prejudiciales alemanas C-171/07 y C-172/07; así como a la cuestión prejudicial planteada por Asturias en los asuntos acumulados C-570/07 y C-571/07. (Se incluyen enlaces a las sentencias íntegras del TSJE).
Así ha informado el Consejo General de Colegios Oficiales Farmacéuticos tras conocer la decisión de este organismo europeo, amparándose en la jurisprudencia ya publicada por el Tribunal de Justicia de Luxemburgo. Los farmacéuticos españoles han valorado positivamente esta decisión y consideran que es "fruto del intenso trabajo y de las gestiones realizadas siempre en coordinación y con el apoyo del Gobierno de España".
En concreto, las principales sentencias que han propiciado el cierre del dictamen motivado son las sentencias del Tribunal de Justicia Europeo correspondientes al caso italiano C-531/06, a las cuestiones prejudiciales alemanas C-171/07 y C-172/07; así como a la cuestión prejudicial planteada por Asturias en los asuntos acumulados C-570/07 y C-571/07. (Se incluyen enlaces a las sentencias íntegras del TSJE).
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