OBJECIÓN
Los límites en la ley del aborto, en contra del médico de AP
Jacinto Bátiz, de la Comisión de Deontología de la OMC, ha explicado que "los datos clínicos deben indicar una situación de muerte inminente o próxima y es necesaria una valoración continua del nivel de sedación en el que se encuentra el paciente y el que necesita.
Carmen Cáceres. Sevilla | 15/11/2011 00:00
En el III Simposio Nacional de la Asociación para el Derecho a la Objeción de Conciencia (Andoc) varios expertos han abordado la objeción de conciencia.
Jacinto Bátiz, de la Comisión de Deontología de la OMC, ha explicado que "los datos clínicos deben indicar una situación de muerte inminente o próxima y es necesaria una valoración continua del nivel de sedación en el que se encuentra el paciente y el que necesita. El profesional está obligado a intentar la mejoría del paciente siempre que le sea posible, así como de aplicar las medidas adecuadas para conseguir su bienestar, aun cuando pudiera derivarse un acortamiento de la vida".
José Miguel Castillo-Calvín, abogado de Andoc, se ha centrado en la ley del aborto, que incorpora la objeción de conciencia a "los profesionales sanitarios directamente implicados". La norma establece una limitación para el médico de primaria. Además, "si el médico no tiene obligación legal de practicar el aborto, porque tiene un derecho constitucionalmente protegido, merece la pena luchar por no facilitar la práctica del aborto".
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