REAL DECRETO | Biobancos
Más protección para los donantes de muestras biológicas
Biobanco vasco de ADN. | El Mundo
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto para reforzar la confidencialidad y garantías éticas y jurídicas de los donantes de muestras biológicas destinadas a la investigación biomédica, y para facilitar a los investigadores de centros públicos y privados el acceso al mayor número de biobancos.
"Invertir en el futuro es también invertir en salud", ha subrayado el ministro portavoz del Gobierno, José Blanco, en la rueda de prensa posterior al Consejo, informa Efe.
Para Blanco, el Ejecutivo "siempre ha apostado por situar a España a la vanguardia de la investigación".
Así, según ha detallado, el Consejo ha aprobado este real decreto para que se establezcan los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de muestras biológicas de origen humano.
Asimismo, este texto regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para Investigación Biomédica.
Para el Gobierno, los biobancos "tendrán un papel importante no sólo en la identificación de las causas de las enfermedades, sino también en el desarrollo de los diagnósticos, así como en la aplicación preventiva y terapéutica".
Biobancos más seguros
La Ley de 3 de julio de 2007 de Investigación Biomédica define al biobanco como un "establecimiento público o privado, sin ánimo de lucro, que acoge una colección de muestras biológicas con fines diagnósticos o de investigación biomédica organizada como una unidad técnica con criterios de calidad, orden y destino".Con lo aprobado hoy, se pretende que las muestras biológicas destinadas a la investigación biomédica se almacenen en un biobanco con todas las garantías éticas y jurídicas previstas para los donantes en la Ley de Investigación Biomédica.
Asimismo, se persigue facilitar a los investigadores de centros públicos y privados el acceso al mayor número posible de muestras, con los requisitos indispensables de calidad, conservación y gratuidad que hagan posible el desarrollo de proyectos de investigación de excelencia.
El real decreto instaura además regímenes diferenciados en la cesión y utilización de muestras, según sean éstas solicitadas para un proyecto concreto, para ingresar como colección para una línea de investigación concreta o bien para almacenamiento en un biobanco.
En cada uno de los casos deberá quedar acreditado el consentimiento del sujeto fuente para ello, tras una información fidedigna.
Dado que en los biobancos se almacenan muestras biológicas con información asociada de carácter personal, se establecen unos requisitos estrictos para proteger la confidencialidad del donante y garantizar sus derechos de decisión respecto a la misma.
En este sentido, según el Ministerio de Ciencia e Innovación, los biobancos se "erigen como garantes" de los derechos de los pacientes con las siguientes obligaciones: asegurar la voluntad de cesión (consentimiento informado) y garantizar otros derechos de los donantes como la revocación, información y confidencialidad.
Además, asegurar la distribución equitativa de las muestras, garantizar la trazabilidad del proceso y asegurar el cumplimiento de la ley y del resto de los principios éticos, según Ciencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario