lunes, 7 de noviembre de 2011

No se puede cambiar de tipo de cirugía sin el CI - DiarioMedico.com

El cirujano optó por intervenir otra zona

No se puede cambiar de tipo de cirugía sin el CI

Un cirujano ha sido condenado a indemnizar con 5.000 euros a una paciente por operarle de una zona de la nariz que no era la programada en cirugía. El facultativo debió recabar el CI para la nueva operación.
S. Valle   |  07/11/2011 00:00

El juzgado de instancia número 1 de Jerez de la Frontera ha condenado a un cirujano a indemnizar con 5.000 euros a una mujer por operarle sin su consentimiento. El caso reviste especial curiosidad porque aunque el juez admite que no existió ninguna negligencia en la práctica de la intervención, condena al médico por no  informar a la paciente.

Los hechos juzgados comienzan cuando a la demandante le fue diagnosticado un epitelioma basocelular en una zona de la nariz, que había que operar. Se programó la intervención y la paciente firmó el consentimiento informado (CI) pertinente. Pero, cuando llegó el día, el cirujano decidió intervenir otra parte de la nariz, porque había apreciado un epitelioma similar al anterior, al que decidió dar prioridad. Después de la operación, informó a la paciente de la situación y se le emplazó a otra fecha para quitarle el bulto previsto, como finalmente se hizo.

Sin embargo, la mujer decidió reclamar por no haber sido informada y acudió a la asociación El Defensor del Paciente, que le representó en el juicio. Además, cuando se analizó el bulto que le quitaron se puso de manifiesto que no era maligno, con lo cual no tenía prioridad sobre el que primero se había visto, en contra del criterio seguido por el cirujano. Hay que destacar, que la sentencia no da mayor importancia a este hecho, pues considera que a priori era difícil de establer su malignidad.

Sin embargo, la conclusión del juez es muy clara, al señalar que, "aun no apreciándose probado un reproche negligente en la actuación médica que originara un resultado lesivo del que deba responderse, la actuación médica no contó con el consentimiento del paciente, al no ser informado previamente del diagnóstico de una posible lesión de epitelioma espinocelular, y de la necesidad de la intervención. [...] No existía riesgo vital urgente e inmediato que justificara la intervención que exonerara de la información previa al paciente".

Además, esa falta de información resulta más injustificada si cabe cuando, según señala el fallo, la paciente estaba consciente durante el transcurso de los hechos, pues la operación se realizó con anestesia local.

Un consentimiento para cada intervención


El TSJ de Cataluña condenó al Instituto Catalán de la Salud (ICS) por una omisión en el proceso de información sobre una prueba diagnóstica. Aunque el paciente había firmado un consentimiento para someterse a esa valoración, los facultativos debieron recabar uno nuevo cuando observaron que los riesgos eran mayores (ver DM del 3-II-2011).
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