SÓLO POR FUNCIONES LEGALES DEL CONSEJO
El COMB anuncia que limitará su aportación económica a la OMC
El conflicto entre la OMC y COMB se recrudece al anunciar la corporación provincial, a dos días de la Asamblea del Consejo General, que limitará su aportación económica de manera unilateral.
Carmen Fernández. Barcelona | 10/12/2015 17:27
El presidente del Colegio de Médicos de Barcelona (COMB), Jaume Padrós, que en septiembre envió una carta a los presidentes del resto de colegios de médicos de España sobre sus alegaciones al primer borrador de los nuevos estatutos de la Organización Médica Colegial (OMC) especialmente en lo relativo a la forma de financiación del Consejo General, le ha anunciado por carta al presidente de la OMC, Juan José Rodríguez Sendín, que, "siendo firme nuestra voluntad de seguir realizando aportaciones económicas al Consejo, respecto al ejercicio 2015 nuestras contribución monetaria estará limitada a soportar la repercusión de las partidas o conceptos que consideramos propios de las funciones preceptivas del Consejo General, cuyo detalle podrás conocer someramente en la Asamblea próxima (se celebrará este sábado)".
En la carta le informa asimismo de que a la Asamblea acudirá el vicepresidente del COMB, Jaume Sellarés, que votará en contra de la liquidación de 2015 y del proyecto de presupuestos de 2016. "Hace cerca de un cuarto de siglo que los colegios de médicos españoles vieron disminuida su aportación ordinaria al Consejo General en un 50 por ciento. Esta circunstancia no reflejada aún, clamorosamente, en los Estatutos del Consejo, benefició, sin excepción -ni renuncia de nadie- a todos los colegios españoles", le recuerda. Y añade: "Transcurridos 25 años, los presupuestos del Consejo no han hecho más que inflacionarse y aumentarse (casi el doble en los últimos 10 años) de forma, en muchas ocasiones, indiscriminada y no justificada, incorporando partidas de gasto discutibles a tenor de las funciones que la ley otorga a estas entidades".
Padrós ha manifestado a este diario que la OMC establece partidas en sus presupuestos para funciones que son propias de los colegios que, por ese motivo, no las tienen que financiar. En el caso de los colegios catalanes -el COMB está en conversaciones con los del Lérida, Gerona y Tarragona sobre esta cuestión- rige el artículo 70 de la ley autonómica de colegios profesionales, que establece los principios de colaboración, cooperación y voluntariedad de la aportación de las corporaciones catalanas a organismos federales nacionales, una norma que ya ha sido refrendado por el Tribunal Constitucional.
"La ley nos legitima a pedir a la OMC un convenio que defina las relaciones recíprocas entre el Consejo General y la OMC, y es lo que haremos", ha anunciado Padrós.
El COMB tiene una deuda con el Consejo General de 1,26 millones (a 31 de diciembre de 2014), una partida que es motivo de discrepancia entre las dos partes y en cuya base están donaciones a la Fundación Patronato de Huérfanos vinculadas a la venta de certificados médicas, una práctica decidida por la OMC a la que el COMB se opuso desde el primer momento y que no llegar a aplicar.
En la carta le informa asimismo de que a la Asamblea acudirá el vicepresidente del COMB, Jaume Sellarés, que votará en contra de la liquidación de 2015 y del proyecto de presupuestos de 2016. "Hace cerca de un cuarto de siglo que los colegios de médicos españoles vieron disminuida su aportación ordinaria al Consejo General en un 50 por ciento. Esta circunstancia no reflejada aún, clamorosamente, en los Estatutos del Consejo, benefició, sin excepción -ni renuncia de nadie- a todos los colegios españoles", le recuerda. Y añade: "Transcurridos 25 años, los presupuestos del Consejo no han hecho más que inflacionarse y aumentarse (casi el doble en los últimos 10 años) de forma, en muchas ocasiones, indiscriminada y no justificada, incorporando partidas de gasto discutibles a tenor de las funciones que la ley otorga a estas entidades".
Padrós ha manifestado a este diario que la OMC establece partidas en sus presupuestos para funciones que son propias de los colegios que, por ese motivo, no las tienen que financiar. En el caso de los colegios catalanes -el COMB está en conversaciones con los del Lérida, Gerona y Tarragona sobre esta cuestión- rige el artículo 70 de la ley autonómica de colegios profesionales, que establece los principios de colaboración, cooperación y voluntariedad de la aportación de las corporaciones catalanas a organismos federales nacionales, una norma que ya ha sido refrendado por el Tribunal Constitucional.
"La ley nos legitima a pedir a la OMC un convenio que defina las relaciones recíprocas entre el Consejo General y la OMC, y es lo que haremos", ha anunciado Padrós.
El COMB tiene una deuda con el Consejo General de 1,26 millones (a 31 de diciembre de 2014), una partida que es motivo de discrepancia entre las dos partes y en cuya base están donaciones a la Fundación Patronato de Huérfanos vinculadas a la venta de certificados médicas, una práctica decidida por la OMC a la que el COMB se opuso desde el primer momento y que no llegar a aplicar.
Ratificada la sentencia que eximió al COMB de abonar 1,16 millones al Patronato de Huérfanos
La Audiencia Provincial de Barcelona ha desestimado el recurso de la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos Príncipe de Asturias, de la Organización Médica Colegial (OMC), contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Barcelona que eximió al Colegio Oficial de Médicos de Barcelona (COMB) de abonar 1,16 millones de euros, correspondientes a las cuotas de 2007, que reclamaba el Patronato. Hay que recordar que el COMB se escindió, de manera pactada con la OMC, de la fundación en 2008 para prestar sus propias ayudas y servicios sociales a los médicos de Barcelona, aunque ha seguido haciendo aportaciones periódicas a la entidad de manera solidaria con el resto de médicos de España. La resolución del juzgado de primera instancia atendía a una cuestión formal, que es la prescripción de la deuda, pues habrían pasado más de los cuatro años que el Código Civil catalán admite para este tipo de reclamaciones, que es una cuestión que ha ratificado ahora la Sección Undécima de la Audiencia Provincial. También rechaza en su sentencia la pretensión de la OMC de que el COMB haya tenido por ello un enriquecimiento injustificado y le recuerda que los abonos que peticiona provienen de ingresos "voluntarios", tanto por vía de aportaciones que los médicos colegiados realizaban en la cuota colegial, como por una parte del importe de los impresos de los certificados médicos, y que las donaciones se rigen "por la ley nacional del donante, que en el presente proceso no es otra que la catalana", que es algo que cuestionaba el Consejo General. El presidente del COMB, Jaume Padrós, ha asegurado que esta sentencia beneficia al conjunto de colegios de médicos de España y ha pedido a la OMC que deje de relacionarse con sus socios - las corporaciones provinciales- a través de los tribunales. "Hay actualmente en curso 5 o 6 litigios de la OMC contra el COMB y hay varias más contra otros colegios. En época democrática, el Consejo General nunca ha ganado en los tribunales un conflicto con el COMB, y por nuestra parte nunca hemos llevado a la OMC ante la justicia. Ahora, como siempre, continuamos ofreciendo diálogo y pacto", ha manifestado.
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