Indemnizan un fallo 'evidente' al valorar una RM cerebral fetal - DiarioMedico.com
300.000 EUROS
Indemnizan un fallo "evidente" al valorar una RM cerebral fetal
El TSJ de la Comunidad Valenciana ha condenado a la Consejería de Sanidad a indemnizar con 300.000 euros a los padres de un bebé por un error al interpretar una resonancia magnética cerebral fetal.
D. Carrasco | diego.carrasco@diariomedico.com | 02/09/2016 15:32
Álvaro Sardinero, abogado de El Defensor del Paciente. (DM)
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha condenado a la Consejería de Sanidad a pagar a los padres de un bebé una indemnización de 300.000 euros por los graves daños ocasionados a una niña por un error "evidente" al interpretar una resonancia magnética cerebral fetal. La sentencia razona que "existió un error inexcusable" del facultativo, al no detectar la existencia de una malformación por ausencia de vermis cerebeloso.
Según la demanda, la paciente, de 39 años y gestante de 20 semanas, se sometió a una ecografía fetal que dio un resultado de sospecha de ausencia o agenesia parcial de vermis cerebeloso en el feto. Días más tarde se repitió la misma prueba para confirmar el resultado, que dio positivo.
Sin embargo, el cuadro médico decidió solicitar una resonancia magnética (RM) fetal cerebral, que se realizó días más tarde. El radiólogo informó que todo estaba dentro de la normalidad y que no se apreciaban signos anómalos de vermis. El facultativo recomendó a la reclamante que la gestación siguiera su curso.
No obstante, los siguientes controles ecográficos seguían advirtiendo de la posible agenesia, pero los médicos consideraron que la RM era una prueba muy fiable. Finalmente la paciente dio a luz a una niña con malformación del cerebelo con hipoplasia del vermis, motivando un retraso psicomotor global.
Irresponsable
El TSJ valenciano comparte los razonamientos de Álvaro Sardinero, abogado que colabora conEl Defensor del Paciente, al señalar que la interpretación de la RM fue fruto de un error "precipitado, evidente, irresponsable y descuidado", pues en las ecografías previas realizadas yase revelaba la patología finalmente sufrida por el nasciturus.
La sentencia, que es firme, subraya que la agenesia era "fácilmente identificable" en la imagen de la RM. Asimismo, el tribunal autonómico rechaza el informe de la Inspección Médica porque "no atiende a la cuestión nuclear del asunto debatido ni ha examinado las imágenes de la resonancia".
No hay comentarios:
Publicar un comentario