DISPUTA INTERNA POR NO INCLUIRLA EN SU PLAN DE TRABAJO
El Tribunal de Cuentas 'bloquea' la fiscalización de la dependencia
El plan de trabajo anual del Tribunal de Cuentas para 2017 ha sido recibido con disputas internas por las discrepancias sobre la inclusión o no de la fiscalización de las ayudas a la dependencia, que finalmente no se auditarán.
Laura G. Ibañes | 10/01/2017 13:13
El Tribunal de Cuentas ha hecho público ya su plan de trabajo para 2017, que en esta ocasión implicará poner la lupa en las cuentas de varios asuntos sanitarios como la gestión de las prestaciones sociales de Muface y del Instituto Social de la Marina, las ayudas concedidas para los programas de atención a las personas con necesidades de atención integral sociosanitaria y los deudores de las colaboradoras de la Seguridad Social. Sin embargo, no incluirá finalmente la fiscalización del cumplimiento que están realizando las autonomías de las
recomendaciones que en su día hizo el Tribunal de Cuentas sobre las ayudas a la dependencia. Y no lo incluirá, según constata el plan de trabajo del Tribunal de Cuentas, pese a que varios consejeros lo habían solicitado.
La disputa interna por la decisión de no auditar finalmente las ayudas a la dependencia ha motivado de hecho varios votos particulares de consejeros que exigen al Tribunal de Cuentas que cumpla con su labor constitucional de seguimiento de las recomendaciones que ha efectuado en informes previos. Dicho de otro modo, que contraste si las comunidades y el Gobierno central efectivamente han corregido las deficiencias que se detectaron en el sistema de ayudas a la dependencia que, entre otras polémicas cuestiones, incluían la contabilización de ayudas para dependientes que ya habían fallecido.
Concretamente, uno de los votos particulares emitidos contra la decisión final del Tribunal de Cuentas de no auditar las ayudas, detalla que "técnicamente el seguimiento de las recomendaciones ha de hacerse en un momento determinado, ni tan pronto que la Administración no haya podido modificar su comportamiento ni tan tarde que las recomendaciones contenidas en el informe cuyo seguimiento pretende realizarse, hayan quedado desvirtuadas por el cambio de la situación por el paso del tiempo o por eventuales modificaciones legislativas". En este sentido, el propio voto particular argumenta que "cuatro años se considera un periodo de maduración de un informe idóneo para realizar el seguimiento de sus recomendaciones" y ése es precisamente el plazo de tiempo que ha transcurrido ya desde el informe que realizó el Tribunal de Cuentas sobre la aplicación de la Ley de Dependencia.
Por ello -continúa el voto particular-, "cuando la mayoría del Pleno del Tribunal de Cuentas (ocho votos contra cinco) ha considerado que no se realice por el momento el seguimiento de las recomendaciones de un informe aprobado por él mismo, ha negado la posibilidad de que lo realice el único departamento que puede hacerlo (no sólo desde un punto de vista técnico sino también legalmente, y ha negado que se realice en el momento en el que debe hacerse, lo que, a nuestro entender ha privado al Tribunal de Cuentas del cumplimiento de su función constitucional de fiscalizar la actividad económico-financiera del sector público".
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