Posted: 30 Jan 2020 09:01 AM PST
En el plazo de dos días, el Ejecutivo porteño deberá proveer un medicamento para el tratamiento de un paciente oncológico pediátrico. El GCBA deberá acreditar el inmediato cumplimiento.
En la causa “A., M. I. d. V. contra GCBA sobre Amparo – Salud – Medicamentos y tratamientos”, el Juzgado de Feria N°3 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, a cargo del juez Martín Converset, ordenó al Ejecutivo local que en el plazo de dos días, provea la dosis necesaria de una medicamento a un paciente oncológico pediátrico. En idéntico plazo, el GCBA deberá acreditar su efectivo cumplimiento.
Con el patrocinio del Ministerio Público de la Defensa, la madre de un menor presentó una acción de amparo contra el ministerio de Salud del GCBA para obtener “en forma regular y constante el otorgamiento del medicamento -Vemurafenib, 240 mg por 3 cajas- prescripto por la médico tratante” de su hijo.
El menor nació en 2005 y hace dos años se le diagnosticó ganglioma de tronco encefálico, con biopsia y resección parcial. El niño requiere un tratamiento medicamentoso, el cual “no puede materializarse debido a que el GCBA no le brinda el fármaco recetado”, según consta en la causa.
La mujer es oriunda de Santiago del Estero y que se encuentra junto con otra de sus hijas, desde octubre de 2018, instalados en la Ciudad de Buenos Aires en una habitación que solventa en su totalidad el gobierno de dicha provincia. Explicó, además, que “el Estado nacional y el gobierno de la provincia de Santiago del Estero le han informado que no cuentan con la droga en cuestión y que, pese a los reclamos efectuados ante la Administración local, la misma tampoco ha dado una solución a la problemática”.
La progenitora destacó la importancia de la medicación y que la falta de suministro “acorta la probabilidad de supervivencia y calidad de vida de su hijo, dada la grave enfermedad que se le diagnosticó”.
Según la historia clínica, el menor recibió una serie de tratamientos de quimioterapia, habiéndose efectivizado en octubre pasado. La medicación solicitada no se encuentra dentro del vademécum, pero la médica especialista en hemato-oncología pediátrica del nosocomio “Garrahan” confirmó que “resulta urgente que el niño inicie el tratamiento”.
La doctora del niño señaló también que “existe bibliografía científica sólida y fundamentada que respalda el uso de la droga Vemurafenif para el tratamiento de la patología que sufre M. G. E., refractario a los tratamientos ordinarios, y marco legal, bioético y jurisprudencial que recepta la posibilidad de acudir a tal alternativa terapéutica”.
En este escenario, el magistrado habilitó la Feria Judicial y sostuvo así que “se impone una solución precautoria que aleje el peligro de que el niño se vea impedido de recibir la prestación solicitada; ello en el entendimiento que, en principio, la responsabilidad del Estado en estos casos es subsidiaria, pudiendo la demandada gestionar la compensación de los gastos que irrogue el tratamiento del menor, en caso de considerarlo procedente”.
También subrayó el peligro en la demora frente la necesidad de garantizar el derecho a la salud del niño, dado que “al día de la fecha la indicación del tratamiento medicamentoso con Vemurafenib tiene más de veinte días”.
Fuente: www.diariojudicial.com - Fallo completo
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