Mala práxis médica
Un fallo por no informar de patologías fetales sólo compensa el daño moral
El Juzgado de Contencioso-administrativo número 3 de Palma de Mallorca ha admitido la mala praxis en la valoración de las ecografías preceptivas para el seguimiento de un embarazo.
S.V. Madrid | 31/10/2013 00:00
Las diferencias en las indemnizaciones fijadas por distintos juzgados y distintos tribunales para compensar daños por malas praxis médicas también similares es algo relativamente habitual que llegan a reconocer magistrados, jueces y abogados.
Sin embargo, resulta menos habitual que, ante la misma mala praxis, los daños que se consideren objeto de obligado resarcimiento, para así alcanzar el fin último de estas compensaciones que es "la reparación integral del daño", sean distintos.
El Juzgado de Contencioso-administrativo número 3 de Palma de Mallorca ha admitido la mala praxis en la valoración de las ecografías preceptivas para el seguimiento de un embarazo, al no detectarse la grave Tetralogía de Fallot que sufría el feto. El Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-Salut) ha sido condenado a indemnizar con 80.000 euros al menor por el daño moral.
La sentencia recoge la "asentada jurisprudencia" que existe en este tipo de casos y que obligan a resarcir tanto el daño moral como "la lesión puramente económica consistente en el notable mayor coste" de criar a un menor con una grave patología, como es en este caso. A pesar de recordar esta doctrina, el juzgado de Palma de Mallorca sólo reconoce la indemnización por el daño moral causado al menor.
Soledad Raso, abogada y colaboradora de la Asociación El Defensor del Paciente, ha defendido a la familia y reconoce que pidió una aclaración de la sentencia al juzgado. Admite la sorpresa del concepto a indemnizar, pero no se pronuncia sobre si se recurrirá o no "es una decisión de la familia y, en estos casos, es difícil aconsejar.
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