lunes, 26 de septiembre de 2016

'Si el juez solicita los comentarios de la HC hay que entregarlos' - DiarioMedico.com

'Si el juez solicita los comentarios de la HC hay que entregarlos' - DiarioMedico.com



CARLOS SARDINERO

"Si el juez solicita los comentarios de la HC hay que entregarlos"

Carlos Sardinero, abogado y experto en Derecho Sanitario, sostiene que al ser anotaciones subjetivas su control no puede depender de los profesionales sanitarios sino que de lo que ordene la Autoridad judicial.
Diego Carrasco | dmredaccion@diariomedico.com   |  26/09/2016 00:00
 
 

Una de las cuestiones jurídicas más polémicas es si el médico está obligado a entregar sus anotaciones subjetivas junto con el contenido de la historia clínica (HC) cuando el juez las pide. Los juristas consultados por este diario creen que sí. 
Carlos Sardinero, abogado y experto en Derecho Sanitario, explica que "el control de lo que sean anotaciones subjetivas no puede depender de los profesionales sanitarios que las redactaron sino de la Autoridad judicial". Por esta razón, ante el requerimiento de la HC "el médico está obligado a entregarla", ya que de no hacerlo puede incurrir en un posible delito de desobediencia a una orden judicial.
Ofelia de Lorenzo y Aparici, responsable del Área Contenciosa del despacho De Lorenzo Abogados, añade que cuando los tribunales soliciten esa documentación "habrá que estar a lo que dispongan los jueces en el proceso correspondiente, aunque el acceso a los datos y documentos de la HC siempre queda limitado a los fines específicos de cada caso particular".
En su opinión, será "el órgano judicial el que finalmente resuelva si las anotaciones subjetivas pueden ser o no canceladas del contenido de la historia clínica".
Sigilo profesional
¿Se vulneraría el secreto profesional del médico? Sardinero responde que no porque "el sigilo profesional se refiere a datos confidenciales que afectan siempre al enfermo y no al médico".
En otro orden de cosas, ambos expertos en Derecho Sanitario coinciden en que no cabe confundir las apreciaciones o anotaciones subjetivas con los datos clínicos, "que deben estar sustentados en datos objetivos recogidos en la HC", apunta De Lorenzo.
El jurista Sardinero subraya que las hojas de evolución médica y de enfermería "no constituyen anotaciones subjetivas como pretenden algunos hospitales y profesionales sanitarios cuando no las entregan a los pacientes". Y es que "el derecho de acceso a la HC no puede hacerse depender de unos conceptos indeterminados y difuminados como es la reserva de las anotaciones subjetivas", enfatiza.
Por tanto, las hojas de evolución reflejan "información veraz y objetiva del enfermo" a la que éste tiene derecho a conocer, comenta Sardinero.

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