martes, 2 de enero de 2018

Condena por perforar el duodeno durante una CPRE - DiarioMedico.com

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JUZGADO CIVIL DE BARCELONA

Condena por perforar el duodeno durante una CPRE

Un juez ha condenado a la aseguradora del ICS por los daños derivados durante una CPRE. La sentencia considera que la aplicación de la técnica fue deficiente, ya que perforó la cara posterior del duodeno.
D. Carrasco. Madrid   |  28/12/2017 13:05
 
 

El Juzgado de Primera Instancia número 25 de Barcelona ha condenado a la aseguradora del Instituto Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar a una paciente con 119.867 euros, más los intereses de demora desde julio de 2013, por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la perforación del duodeno durante una colangiopancreatografía retrógrada endoscópica (CPRE). El fallo explica que la ejecución de la técnica no se realizó con la suficiente diligencia y pericia.
Según la demanda presentada por Luisa Blanco Delgado, abogada que colabora con El Defensor del Paciente, la reclamante, de 64 años, fue diagnosticada de piedras en la vesícula y vía biliar. Se programó una CPRE con la finalidad de eliminar la litiasis. El objetivo no se consiguió pese a los reiterados intentos. El cirujano decidió la colocación de una prótesis biliar de plástico y se volvió a dar fecha para una intervención quirúrgica. La demanda imputaba al médico una praxis deficiente en la utilización de la CPRE porque a la enferma se le perforó la cara posterior del duodeno.
El juzgado Civil catalán entiende que dicha perforación se produjo al desprenderse la prótesiscolocada en el conducto biliar, ya que no se obró conforme a la lex artis tal y como demostró una prueba de imagen. De este modo, rechaza los argumentos del ICS que apuntaban que el desprendimiento de la prótesis colocada se debió a los movimientos peristálticos del intestino.

Mala praxis en el postoperatorio

El magistrado también imputa responsabilidad por una actuación negligente durante el postoperatorio. "A pesar de la temprana aparición de los síntomas sugestivos de una perforación abdominal, los controles y las analíticas no se realizaron con la periodicidad necesaria". Por ejemplo, las analíticas no se hicieron a diario para verificar la "evolución de las lipasas, leucocitos, protombina y factores de coagulación", explica el juez.
De esta manera la falta de control analítico favoreció que la infección progresara hasta tal punto de que fueron necesarias dos cirugías para atajar y suturar la perforación. El fallo considera que tanto el hospital como el cuadro médico "centraron su asistencia en una de las complicaciones típicas de la CPRE, como es la pancreatitis, obviando otra de los riesgos como es la perforación intestinal".

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