Las enfermeras vascas ya pueden indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos
08-01-2020
La orden, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del País Vasco, permite desarrollar el Real Decreto que otorga al personal de enfermería un papel más activo en las consultas y una mayor seguridad jurídica.
El Boletín Oficial del País Vasco publica este miércoles la orden que regula el procedimiento para acreditar a las enfermeras y enfermeros para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en Euskadi. Mediante esta acreditación, el personal de enfermería va a poder desempeñar un papel más activo en la respuesta directa que se les da a las y los pacientes en las consultas.
Esta orden permite desarrollar el Real Decreto 954/2015, que establece que los enfermeros y las enfermeras pueden "indicar, usar y autorizar la dispensación" de medicamentos y material sanitario, otorgándoles seguridad jurídica en su ejercicio profesional. Pero para ello establece la necesidad de acreditar a este colectivo, que además de la titulación, debe cumplir ciertos requisitos: tener una experiencia profesional mínima de un año o, en su defecto, superar un curso de adaptación gratuito habilitado por la Administración sanitaria, siendo este proceso competencia de cada comunidad autónoma.
El Departamento de Salud estima que en Euskadi el 98% de las y los profesionales de la enfermería podrán acreditarse de manera directa, ya que tienen más de un año de experiencia. Euskadi cuenta actualmente con cerca de 16.400 profesionales de enfermería colegiados, de los cuales, el 80,5% trabaja en Osakidetza, y el resto, en el ámbito privado. El 90,3% son mujeres.
Qué dice el Real Decreto
El Real Decreto establece dos supuestos en la dispensación de medicamentos. Por una parte, las enfermeras y enfermeros podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica (Ej.: ibuprofeno) y de productos de uso humano (Ej.: absorbentes, material para curas...) de forma libre y autónoma, mediante una orden de dispensación.
Además, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica, pero tendrán que realizarlo de manera colaborativa a través de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, donde se recogerán necesariamente aquellos supuestos específicos en los que se necesita la validación médica previa, así como las actuaciones en el seguimiento del proceso. Dichos protocolos deberán ser aprobados por la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Mayor capacidad de respuesta
La consejera de Salud, Nekane Murga, considera que esta medida va a contribuir a aumentar la capacidad de Osakidetza de responder a las necesidades de una sociedad cada vez más envejecida, con una mayor presencia de enfermedades crónicas y una mayor dependencia. Para mantener una atención sanitaria universal y de calidad es preciso activar modelos asistenciales basados en la colaboración de profesionales cada vez más cualificados en sus diferentes ámbitos de actuación y dotarles de una mayor capacidad de resolución.
En este sentido, la consejera recuerda que la enfermería ha experimentado en los últimos años "un avance importante en su capacitación y conocimiento científico, lo que permite a estos profesionales tener un papel más activo en la respuesta directa a las necesidades de las y de los pacientes".
Por su parte, las presidentas de los Colegios Oficiales de Enfermería de Araba, Hosanna Parra; Bizkaia, Mª José García Etxaniz; y Gipuzkoa, Pilar Lekuona, han mostrado su satisfacción por la publicación de la orden. Subrayan que "por fin es una realidad que tengamos un marco legal con el que poder seguir llevando a cabo lo que estábamos haciendo desde hace muchísimos años, pero ya de una manera regulada y acreditada. Además, nos permitirá continuar afrontando como profesión los nuevos retos que deriven de la prescripción en forma de nuevas competencias", agregan.
Recuerdan, además, que la acreditación es para todas las y los enfermeros, pero la prescripción requiere obligatoriamente de colegiación, "por lo que animamos a todos los profesionales que se aseguren de que tienen la colegiación en regla para, así, garantizar la seguridad del paciente y la suya propia".
Desde el Departamento de Salud del Gobierno Vasco se está trabajando con todos los agentes implicados en el desarrollo de este Real Decreto en Euskadi, coordinando actuaciones con los colegios profesionales de Enfermería y con la UPV/EHU, con el objeto de agilizar y garantizar el proceso de acreditación de todas y todos los profesionales de enfermería, tanto del ámbito público como privado. Asimismo, en las próximas semanas se adaptarán los sistemas electrónicos de receta para la incorporación de la orden de dispensación de enfermería.
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