jueves, 15 de diciembre de 2011

El Parlamento de Andalucía aprueba la Ley de Salud Pública que prioriza las políticas de protección y promoción || El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad

El Parlamento de Andalucía aprueba la Ley de Salud Pública que prioriza las políticas de protección y promoción

Sevilla (16/12/2011) - Redacción

• La elaboración de la normativa ha contado con la participación de agentes sociales, entidades locales, grupos parlamentarios y ciudadanos particulares


• La consejera de Salud de la comunidad, María Jesús Montero, incide en la mejora en la calidad de vida que conlleva la Ley


El pleno del Parlamento de Andalucía ha aprobado la Ley de Salud Pública, con 56 votos a favor, 46 abstenciones y ninguno en contra, una norma que tiene como objetivo continuar mejorando la salud de la población desde una nueva perspectiva en la que primarán las políticas de protección y promoción. La consejera de Salud, María Jesús Montero, ha insistido durante su intervención parlamentaria en que esta normativa está "por encima de los contenido en salud, ya que avanza en términos de mejora de calidad de vida".

En la elaboración de la normativa han participado cerca de 90 instituciones con más de 400 alegaciones recogidas de las aportaciones de todas ellas, incluidos agentes sociales, entidades locales, grupos parlamentarios, otras consejerías y ciudadanos particulares que han contribuido a "enriquecer y a afianzar la norma". Asimismo, en lo que se refiere al debate parlamentario, se han registrado más de 30 comparecencias.

Además, los ciudadanos han podido conocer el borrador de la ley y opinar sobre ella a través de un blog abierto durante toda la tramitación y que  ha recibido más de 10.200 visitas.

Se trata de un texto con una visión garantista y de futuro, que introduce la perspectiva de la salud colectiva como eje transversal de las políticas, que deja atrás del carácter asistencial del sistema para abundar en las políticas de prevención y promoción, y que redefine la Salud Pública (SP) para adaptarla a las nuevas necesidades. Con la nueva normativa, la SP pública adopta una dimensión global e introduce el principio de equidad generacional, que incide en que la salud del futuro será el reflejo de las medidas que hoy se toman.

Entre las principales novedades introducidas en el texto del proyecto de la ley está que los planes y programas de la Junta de Andalucía así como los instrumentos de planeamiento urbanístico en general y aquellos que afecten a áreas urbanas especialmente desfavorecidas, las actividades y obras, tanto públicas como privadas, requerirán para su aprobación de un informe que evalúe su impacto en la salud colectiva.

Precaución en todas las áreas

En la línea de la apuesta por la innovación, el texto también incluye el principio de autorregulación, que posibilita al tejido empresarial aumentar sus niveles de protección de manera voluntaria y, por ende, gozar de incentivos vinculados a los sistemas de ayuda económica o financieras, y el principio de precaución para todas las áreas de protección de la salud, y no sólo para la línea de alimentaria, tal y como estaba reconocida hasta ahora.

La nueva normativa, cuyo desarrollo está recogido en el Estatuto de Autonomía, pretende que cada política e iniciativa incorpore la implicación de la salud colectiva, beneficie a los ciudadanos e incluya la evaluación del impacto en salud desde todos los ámbitos.

Asimismo, el texto establece derechos de nueva generación, sitúa a la ciudadanía como eje central de las actuaciones y garantiza la equidad generacional, un principio normativo por el que cada generación tendrá la obligación de asegurar la salud colectiva y que el entorno que la posibilita se mantenga y mejore en beneficio de las futuras generaciones.

En la ley se regulan, además, los derechos y las responsabilidades de la población respecto a la salud colectiva, las garantías para su cumplimiento y los fines y principios que deben regir la nueva organización de la SP en el marco de la sociedad actual.

Además, con la ley se crea el Observatorio de la Salud Pública de Andalucía que será el encargado de analizar las tendencias a largo plazo en relación a la SP de los desarrollos tecnológicos y el análisis del efecto de las investigaciones en salud en el futuro. Para desarrollar esta labor, este instrumento contará con un foro de participación social y uno de carácter científico.

Derechos y obligaciones

Entre los derechos que quedan recogidos en el proyecto de ley están el derecho del ciudadano al conocimiento; puesto que no se trata sólo de poner a su disposición la información que le afecta como parte de la colectividad, sino que, además, la administración tiene que facilitarle la capacitación necesaria para analizar la información recibida, asumirla y, desde la libertad y la corresponsabilidad, decidir sobre su salud y participar en las políticas colectivas.

Además, se establecen como derechos de la ciudadanía los de disfrutar de un adecuado nivel de SP; a que los organismos públicos competentes desarrollen estrategias educativas saludables y de promoción de actividades físicas, así como que los planteamientos urbanísticos incluyan la construcción de zonas verdes.

Recoge como derecho que las administraciones públicas establezcan estrategias de movilidad sostenible, tales como el uso de la bicicleta, establece que en la construcción de las viviendas o los edificios no se podrán utilizar materiales que supongan un riesgo para la salud y recoge que la construcción o puesta en marcha de actividades o zonas industriales tendrán que garantizar un perímetro de seguridad para la ciudadanía.

Para garantizar que las diferentes estrategas desarrolladas por entidades públicas y privadas sean saludables, la Consejería de Salud será el órgano encargado de emitir informes de evaluación de impacto en salud de los planes o programas desarrollados por la Junta, de los planteamientos urbanísticos, actividades, planes, programas, obras...

Entre las obligaciones recogidas en el texto normativo para la ciudadanía destacan la de poner en práctica las medidas de protección, promoción y prevención; la de utilizar adecuadamente la información recibida; la de no causar voluntariamente un peligro para la salud; la de poner en conocimiento de la autoridad sanitaria cualquier situación que pueda constituir una emergencia pública y la de cooperar en la protección de la salud, la prevención de las enfermedades y la promoción de la salud y la calidad de vida.
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